EXTRAORDINARIA 2

 

SESIÓN EXTRAORDINARIA NÚMERO DOS,  CELEBRADA POR LOS CIUDADANOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL, EL DÍA DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL OCHO. FUNGIENDO EN LA PRESIDENCIA EL DIPUTADO JOSE FERMIN SANTANA Y COMO SECRETARIOS LOS DIPUTADOS  ROBERTO CHAPULA DE LA MORA Y BRENDA DEL CARMEN GUTIÉRREZ VEGA.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Sesión Extraordinaria Número Dos, correspondiente al  Segundo Período de Receso del Segundo año de Ejercicio Constitucional, en este día 19 de agosto del año 2008, señoras y señores Diputados se abre la sesión. Diputado Chapula, Solicito a la Secretaría de lectura al orden del día al que se sujetara la misma.

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por instrucciones  del Diputado Presidente doy a conocer el siguiente  orden del día de esta sesión extraordinaria número uno, correspondiente al Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional. I.-Lista de presentes; II.- Declaratoria en su caso, de quedar formalmente instalada la sesión; III.- Elección de la Mesa Directiva que presidirá los trabajos de la presente sesión, conforme lo establece el artículo 107 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, IV.- Síntesis de comunicaciones; V.- Iniciativa con proyecto de Decreto por el que en cumplimiento al Decreto Número 148, se otorga el “Reconocimiento a la Senectud” a diversos ciudadanos destacados en El Trabajo, El Deporte, La Ciencia, El Arte, La Labor Humanística y en La Labor Profesional; VI.- Acuerdo relativo a la creación de la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución Mexicana; VII.-  Acuerdo que propone enviar al Congreso de  la Unión una Iniciativa que Reforma los artículos 7°, Fracción XI y 9° correspondiente al Capítulo I denominado “Disposiciones Generales” de la Ley de Educación; VIII.- Presentación del Dictamen elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales relativo a la reforma de los artículos 86 Bis, la fracción V, del artículo 89, el artículo 93 y el artículo 133, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; IX.- Declaratoria formal de que las reformas a los artículos 37 en su fracción V, 96 y 74 fracciones XII y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, contenidas en las Minutas proyecto de Decreto aprobadas los días 24 de junio y 14 de julio de este año, forman parte de la misma Constitución; X.- Lectura, discusión y aprobación en su caso del acta de la presente sesión. XI.- Clausura. Cumplida su instrucción Diputado Presidente. Colima, Col., 19 de agosto de 2008.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Para desahogar el primer punto del orden del día solicito a la Secretaría proceda a pasar lista de asistencia y verificar el quórum  correspondiente.

 

DIP. SRIA. GUTIERREZ VEGA. Por instrucciones  del Diputado Presidente, procedo a pasar lista de presentes. Dip. Enrique Michel Ruiz; Dip. Pedro Peralta Rivas; Dip. Roberto Chapula de la Mora, Dip. José Fermín Santana; Dip. J. Francisco Anzar Herrera; Dip. José de Jesús Plascencia Herrera; Dip. Humberto Cabrera Dueñas; Dip. Fernando Ramírez González, Dip. Gonzalo Isidro Sánchez Prado, Dip. Crispín Gutiérrez Moreno; Dip. Miriam Yadira Lara Arteaga ausente con justificación, Dip. Gabriela de la Paz Sevilla Blanco; Dip. Martha Alicia Meza Oregón, Dip. José López Ochoa; Dip. Arturo García Arias, Dip. Flavio Castillo Palomino, la de la voz, Dip. Brenda del Carmen Gutiérrez Vega, presente; Dip. Jorge Octavio Iñiguez Larios, Dip. Gonzalo Medina Ríos; Dip. Luis Gaitan Cabrera; Dip. Imelda Lino Peregrina, Dip. David Rodríguez Brizuela, Dip. Aurora Espíndola Escareño; Dip. Reené Díaz Mendoza; Dip. Adolfo Núñez González;  informo  Diputado Presidente que  estamos presentes la mayoría de los Diputados y estando ausente con justificación la Dip. Miriam Yadira Lara Arteaga. Cumplida su instrucción Dip. Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Diputada. Ruego a ustedes Señoras y Señores Diputados y público asistente ponerse de pié, para proceder a la instalación de la presente sesión. En virtud existir quórum legal, siendo las trece  horas con diecisiete minutos del día 19 de agosto  del año 2008, declaro formalmente instalada esta Sesión Extraordinaria. Pueden sentarse. De conformidad al artículo 107 de la  Ley Orgánica del Poder Legislativo  y conforme al siguiente punto del orden del día se procederá a elegir la Mesa Directiva que desahogara los asuntos para los que fue convocada esta Sesión Extraordinaria, misma que al concluir terminara en sus funciones. Para tal efecto solicito a los Diputados Secretarios distribuyan las cédulas a todos los Legisladores a fin de llevar a cabo la votación secreta. Tiene  la palabra el Diputado  Crispín Gutiérrez.

 

DIP. GUTIÉRREZ MORENO. Con su permiso Diputado Presidente a nombre de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, solicito someta a la consideración del Pleno la propuesta para que los Diputados José Fermín Santana, Imelda Lino Peregrina, Roberto Chapula de la Mora y Brenda del Carmen Gutiérrez Vega, Presidente, Vicepresidenta y Secretarios, respectivamente de la Comisión Permanente sean ratificados en la Mesa Directiva y continúen desahogando los asuntos para que fue convocada esta Sesión Extraordinaria hasta concluir la misma. Es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Diputado Crispín. Se pone a la Consideración de la Asamblea la propuesta, de ratificar al Presidente Vicepresidenta y Secretarios de la Comisión Permanente y para que sean ellos los que continúen dirigiendo y concluyan los trabajos de la presente sesión. Tiene la palabra el Diputado que desee hacerlo. Solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente de la propuesta  anterior.

 

DIP. SRIA. GUTIERREZ VEGA. Por indicaciones de la Presidencia se pregunta a las Señoras y Señores Diputados en votación económica si es de aprobarse la propuesta  anterior, favor de hacerlo levantando su mano. Le informo  a usted Diputado Presidente que fue aprobado por unanimidad.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación antes señalada se declara aprobada la propuesta anterior, por lo que continuaremos con la presente sesión. De conformidad al siguiente punto del orden del día, solicito a la Secretaría de lectura a la síntesis de comunicaciones  de la presente sesión

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por indicaciones del Diputado Presidente procedo a dar lectura a la síntesis de comunicaciones. Sesión extraordinaria número 2, correspondiente al Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, síntesis de comunicaciones. Oficio fechado el 14 de agosto del presente año, suscrito por el C. Enrique  Cortés, mediante el cual solicita a esta Soberanía legislar, para crear la comisión de arbitraje de Abogados, que supervise, regule y sancione el mal proceder de los profesionistas, en quien las personas ponen sus esperanzas  y en ocasiones su patrimonio.- Se toma nota y se turna a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales.

 

Oficio número DGG-488/08, fechado el 18 de agosto del año actual, suscrito por la Licda. Yolanda Verduzco Guzmán, Directora General de Gobierno, mediante el cual remite la iniciativa, por la que se reforma en su totalidad el Capítulo V, del Título VI, del Libro Primero del Nuevo Código Civil para el Estado de Colima, referente a la adopción, integrando esta propuesta con 71 artículos y tres transitorios.- Se toma nota y se turna a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales. Es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Se pregunta a ustedes Señoras y señores Diputados  si tienen alguna observación a la síntesis de comunicaciones que acaba de ser leída.  De conformidad al siguiente punto del orden del día se procederá a dar lectura al decreto por el que en cumplimiento al decreto numero 148, se otorga el “Reconocimiento a la Senectud” a diversos ciudadanos destacados con el trabajo, el deporte, la ciencia, el arte, la labor humanística y la labor profesional. Tiene la palabra el Diputado José López Ochoa.

 

DIP. LOPEZ OCHOA. Con su permiso Diputado Presidente. CC. SECRETARIOS DE LA COMISION PERMANENTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, PRESENTE  Las Comisiones conjuntas de Educación, Cultura y Deporte y de Salud, Asistencia Social y Protección a la Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 37 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, 22 y 83, ambos en su fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa de Decreto en base a la siguiente:

 

EXPOSICION DE MOTIVOS:

 

PRIMERO.- Que con fecha 12 de septiembre de 2007 esta Soberanía aprobó el Decreto número 148 publicado en el Periódico Oficial del Estado número 40 del 13 del mismo mes y año, en el cual se aprobó instituir la entrega anual “Del Reconocimiento a la Senectud” en el Estado de Colima, a todos aquellos adultos mayores que se hayan destacado  por su trayectoria de vida en: El Trabajo; El Deporte; La Ciencia; El Arte y En la Labor Humanística y Profesional, así como por haber contribuido en esas ramas a enaltecer el nombre del Estado de Colima y que sean seleccionados por el Comité Técnico encargado de analizar las propuestas.

 

SEGUNDO.- Que de acuerdo al artículo 5º del citado Decreto, el Comité Técnico encargado de seleccionar las propuestas de los candidatos a dicho Reconocimiento, está formado por el Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, Diputado José López Ochoa, el cual funge como Presidente del Comité Técnico, la Secretaría Ejecutiva es ocupada por la Diputada Imelda Lino Peregrina, Presidenta de la Comisión de Salud, Asistencia Social y de Protección a la Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, la Secretaría Técnica es ocupada por la C. Martha Artemiza Cruz Alcaraz, Directora General del Instituto para la Atención de los Adultos en Plenitud, asimismo está integrado por dos vocalías ocupadas por los CC. Diputados José Fermín Santana y Martha Alicia Meza Oregón, Secretarios de las Comisiones Educación, Cultura y Deporte y de Salud, Asistencia Social y de Protección a la Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad.

 

TERCERO.- Que de conformidad al artículo noveno del Decreto que se menciona, el Comité Técnico publicó en los periódicos de mayor circulación del Estado la convocatoria respectiva, a efecto de que el Instituto para la Atención para los Adultos en Plenitud, los Ayuntamientos de la Entidad, los colegios de profesionistas, los organismos públicos, sociales o privados, las Instituciones Educativas, la ciudadanía y demás organizaciones relacionadas con las categorías de que se trate, inscriban a los hombres y mujeres, Adultos Mayores que consideren sean merecedores a la obtención del “Reconocimiento a la Senectud”, teniendo como fecha límite por única ocasión, el día treinta y uno de julio del presente año, debiéndose entregar las propuestas en las oficinas que ocupa el Instituto para la Atención de los Adultos en Plenitud.

 

CUARTO.- Que hasta esa fecha, el Instituto recibió 25 propuestas de hombres y mujeres destacados en los ámbitos señalados en el Decreto, por parte de las diversas instituciones y organismos; virtud de lo cual, el Comité Técnico, con fecha 6 de agosto del presente año,  se reunió para analizar los expedientes de las propuestas hechas, eligiendo a aquellos Adultos Mayores que consideraron merecedores a recibir los Reconocimientos.

 

QUINTO.- Que tomando en cuenta la información enviada y  la trayectoria y actividades de las personas propuestas, que además reúnen los requisitos establecidos en el Decreto en comento, el Comité Técnico concluyó que son merecedoras a recibir el “Reconocimiento a la Senectud” las siguientes personas que se han destacado:

 

En el Trabajo, al INGENIERO ENRIQUE ALCOCER ACEVEDO quien dentro de sus labores desempeñadas fue Regidor en el período de 1968-1970, y Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tecomán, Col., en el periodo 1989-1991, promotor de obras de pequeña irrigación en la Secretaria de Recursos Hidráulicos en el Estado de Colima, participó también, en el año de 1948 en la construcción de la vía de comunicación más importante para el Estado, así como en la construcción de la carretera de Tecomán – Cerro de Ortega y la carretera Jiquilpan-Manzanillo en el tramo de Pihuamo, Jalisco. Formuló el primer Reglamento para el funcionamiento de asociaciones de usuarios en las unidades de riego Chanchopa, Cerro de Ortega, Tecomán, Caleras y Tecolapa, colaboró en la formación de asociaciones locales de productores de limón. Participó en la Confederación Nacional de Productores de Limón en octubre de 1971, donde participó como secretario, entre otras cosas, actualmente se desempeña como Coordinador de Proyectos Especiales de Gobierno del Estado.

 

En el Deporte, el C. GIL CABRERA GUDIÑO, instructor de natación, desde su infancia se inclinó por el deporte acuático. A la edad de 18 años en las albercas del Balneario de San Cayetano, obtuvo su primer triunfo en los 400 metros libre contra el equipo de Manzanillo, participó en los primeros juegos juveniles nacionales obteniendo un segundo lugar en 50 metros libres, se desempeño como destacado miembro del cuerpo de guardavidas de la playa de Cuyutlán, donde laboró hasta el año de 1973, incluyendo unas temporadas en las playas de Pascuales, en las que salvó a más de mil personas de un ahogamiento. Recibió el premio del Atleta número 1 con triunfos en salto largo, triple de altura y además obtuvo un segundo lugar en relevos de cuatro por cuatrocientos metros planos. Fue Presidente del Club “Centauros de Villa de Álvarez” en los años 50. Fue instructor de natación en la Universidad de Colima, Guardavidas en la alberca olímpica Alberto Issac de la Unidad Deportiva Morelos, fue administrador de la Unidad Deportiva Morelos, Promotor de natación del Instituto Tecnológico de Colima. Editó y publicó su libro titulado “Sucedió en Cuyutlán”. El Ayuntamiento de Villa de Álvarez impuso su nombre a la Unidad Deportiva de dicho municipio. Tiene tres certificados de nuevos records de la Federación Mexicana de Natación y obtuvo cinco medallas de plata en competencia nacional de natación organizadas por la Federación Mexicana.

 

En la Ciencia a la LICENCIADA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS JOSEFINA LOPEZ SANCHEZ, dentro de las labores desempañadas, fue Maestra de Primaria en San Pedro Jacuaro, Michoacán, Encargada de la Mesa de Recaudación de la Oficina Subalterna en Maravatio, Michoacán, Jefa de Zona del Programa de Bienestar Social de los Municipios de Copandaro, Tarimbaro y Cuitzseo del Porvenir Michoacán, Directora del Centro de Bienestar Social del IMSS, en Morelia, Michoacán; Delegada del Instituto Mexicano del Seguro Social en Colima, Asesora Delegacional de dicho Instituto en Jalisco; Delegada Estatal del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) en Baja California Sur, Directora General del Centro Universitario de apoyo a la Productividad de la Universidad de Colima (CEUNAPRO); Coordinadora General de Vinculación de la Universidad de Colima, A. C., actualmente se desempeña como Consejera Técnica del IAAP. Ha sido conferencista en el tema de la condición de la mujer colimense; dio una conferencia magistral denominada “Vinculación Universidad de Colima, Sector Productivo” y finalmente participó en una mesa redonda con el tema del Aborto en la Facultad de Pedagogía de la Universidad de Colima; participó en la primera reunión de la Asociación Mexicana de Empresas y Parques Tecnológicos (AMIEPAT) en Guadalajara, Jalisco y fue ponente en el Primer Encuentro Nacional de Vinculación en la Universidad Autónoma de Baja California Norte.

 

En el arte, al MAESTRO JORGE CHAVEZ CARRILLO, el cual inició sus estudios en la Escuela Nacional de Artes Plásticas “San Carlos” y posteriormente en la Escuela de Pintura y Escultura “La Esmeralda” formó parte de los talleres de Agustín Lazo, Enrique Assad, Federico Cantú y del Maestro Alfonso Michel, todos en la ciudad de México. Ha expuesto en el Palacio de Bellas Artes y en la Galería de Arte Moderno, en el Distrito Federal, en la Galería Olivetti de Guadalajara, Jalisco, en la residencia de Torleiv Imerslund, en Palacio de Gobierno de Colima, así como en diversos estados del país, en Estados Unidos, Suiza y Brasil. Ha realizado murales para la Universidad de Colima, el Aeropuerto Internacional “Playa de Oro” en Manzanillo, en la Escuela Torres Quintero, la Biblioteca Municipal de Villa de Álvarez, entre otros. Además fue fundador de escuelas de iniciación artística y fungió como Director de la Escuela de Artes Plásticas de la Universidad de Colima. Por su destacada trayectoria artística se le otorgó la condecoración “Alfonso Michel”.

 

En la Labor Humanística, al C. PRESBITERO RICARDO DE JESUS VAZQUEZ LARA CENTENO, el cual recibió la Ordenación Sacerdotal el 22 de diciembre de 1945, en la Catedral de Colima; siendo párroco del templo de San Felipe de Jesús “El Beaterio”, organizó un dispensario médico que atendía las necesidades de las familias más necesitadas del Estado, organizó lo que hoy se conoce como “Obras Sociales en San Felipe de Jesús, misma que el 21 de octubre de 1974 se constituyera en una Asociación civil. Trabajo con personas discapacitadas y de Síndrome de Down. Actualmente los servicios que presta Obras Sociales de San Felipe de Jesús, son las de un internado para discapacitados, una comunidad con 38 departamentos para discapacitados, rehabilitación física, capacitación laboral, integración a la vida laboral, productiva, académica y social y vivienda digna y decorosa. En el internado, se les brinda la oportunidad de aprender un oficio como fabricación de escobas y trapeadores, tejido de  bejuco, carpintería, repostería, manualidades. Se ha dedicado a prestar ayuda a toda persona necesitada concretamente a los discapacitados a quienes contribuye en su participación en la vida de la sociedad en todas las dimensiones y niveles que sean accesibles a sus posibilidades, así como a promover con medidas eficaces y apropiadas su derecho a la preparación profesional y al trabajo.

 

En la labor Profesional, la Maestra MERCEDES BALLESTEROS SILVA, cuya formación académica se desarrolla como  Profesora de Educación Primaria, con Licenciatura en Biología, cursó la especialidad de Lengua y Literatura Española, un cuatrimestre en Licenciatura en Derecho y llevó a cabo cursos de Actualización y Superación Profesional y Académica. Como experiencia docente, fue profesora de grupo de Educación Primara en las Escuelas Benito Juárez, de Pueblo Juárez, Col., Valentín Gómez Farías de Coquimatlán, Col., Tipo República Argentina de Colima y Prof. Alberto Larios Villalpando de Coquimatlán, Col., fue también profesora de Biología y Directora de  la Secundaria por Cooperación No. 18 de Coquimatlán, Col., Profesora de Biología y Directora de la ETA No. 7 de Coquimatlán, Col., Secretaria del Consejo Técnico de la zona occidente Jalisco, Colima y Michoacán de las Escuelas Tecnológicas Agropecuarias; Coordinadora Estatal de Secundarias Técnicas en el Estado; Jefa del Departamento de Educación Secundaria de la Delegación General de la SEP Colima; Titular de la Secretaría Particular de la Delegación General de la SEP Colima; Directora de la Escuela Secundaria Técnica “Susana Ortiz Silva” de Coquimatlán, Col., Fundadora de la Escuela Secundaria Estatal No. 18 de Coquimatlán, Col., impulsora de Actividades en Salas de Cultura INEA en Coquimatlán; Secretaria Delegacional de Acción Femenil de la Sección VI del S.N.T.E; Tesorera Municipal y Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Coquimatlán, Col., Diputada Local integrante de la Quincuagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, Tesorera de la Asociación de Ex Legisladores de Colima, A.C., Integrante de la Asociación de Periodistas y Escritores, A.C. de Colima: Impulsora y colaboradora de la Asociación Civil Auxiliar de Menores Infractores; Acreedora de la medalla “Rafael Ramírez”, por 30 años de servicios educativos, Acreedora de las medallas “Ignacio Manuel Altamirano”  y “Susana Ortiz Silva” por 40 años de servicios educativos, Presidenta del patronato “Mamá Soltera y/o Violencia Intrafamiliar”. Es colaboradora de la revista Borrón y Cuenta Nueva, integrada por Maestros Jubilados de la Sección VI del S.N.T.E. y la Escuela Telesecundaria de la Sidra del Municipio de Coquimatlán, Colima lleva su nombre.

 

QUINTO.- Que la finalidad primordial de la entrega anual del “Reconocimiento a la Senectud”, constituye el galardón que se les otorga a los adultos en plenitud colimenses, que se hayan destacado por su trayectoria de vida en las categorías antes citadas y que además, han cooperado a la sociedad de una forma u otra, con este Decreto, estaremos reconociendo la nobleza, la vitalidad y la importancia de mujeres y hombres que mucho nos dieron, por no es posible fincar un desarrollo armónico y construir un futuro promisorio, si no se reconoce, respeta y trata cual merecen a nuestros adultos mayores.

 

Por lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 128 de su Reglamento, sometemos a la consideración de este Honorable Asamblea el siguiente:

 

DECRETO No.

 

PRIMERO.- Se aprueba otorgar el “Reconocimiento a la Senectud” en el Trabajo, al C. INGENIERO ENRIQUE ALCOCER ACEVEDO; en el Deporte C. GIL CABRERA GUDIÑO; en el Arte, al C. MAESTRO JORGE CHAVEZ CARRILLO;  en la Ciencia a la LICENCIADA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS JOSEFINA LOPEZ SANCHEZ;  en la Labor Humanística, al C. PRESBITERO RICARDO DE JESUS VAZQUEZ LARA y en la Labor Profesional, la PROFESORA MERCEDES BALLESTEROS SILVA, por su trayectoria de vida y mérito ejemplar.

 

SEGUNDO.- Las preseas serán otorgadas en Sesión Solemne que al efecto se convoque, el día 28 de agosto del presente año, a partir de las 11:00 horas, con motivo de la celebración del Día Nacional del Adulto Mayor.

 

TERCERO.- Por conducto de la Oficialía Mayor del Congreso, hágase del conocimiento y la invitación correspondiente a las personas merecedores del “Reconocimiento a la Senectud”.

 

T R A N S I T O R I O:

 

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su aprobación y deberá publicarse en el Periódico Oficial “El Estado de Colima.

 

El Gobernador del Estado dispondrá su debida publicación.

 

Las Comisiones que suscriben solicitan respetuosamente que de ser aprobada la presente iniciativa se expida el Decreto correspondiente. Atentamente SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION Colima, Col., 14 de agosto de 2008 LA COMISIÓN DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE, DIP. JOSE LOPEZ OCHOA, PRESIDENTE DIP. JOSE FERMIN SANTANA, SECRETARIO, DIP. REENE DIAZ MENDOZA, SECRETARIO, LA COMISION DE  SALUD, ASISTENCIA SOCIAL Y PROTECCION A LA NIÑEZ, JUVENTUD, ADULTOS MAYORES Y DISCAPACIDAD. DIP. IMELDA LINO PEREGRINA, PRESIDENTA DIP. GONZALO I. SANCHEZ PRADO, SECRETARIO, DIP. MARTHA ALICIA MEZA OREGON, SECRETARIA.

Es cuanto Diputado Presidente. Diputado presidente. Con fundamento en los artículos 48 de la Constitución Local, 86 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 128 de su reglamento, solicito se someta a consideración de la asamblea la propuesta de dispensa de todo trámite de la iniciativa que acaba de ser presentada para proceder inmediatamente a su discusión y aprobación en estos momentos.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Se somete a la consideración de la Asamblea la propuesta de dispensa de todo trámite del documento que nos ocupa, para proceder inmediatamente a su discusión y votación en estos momentos. Tiene la palabra el Diputado o Diputada que desee hacerlo. Solicito a  la Secretaría recabe la votación económica correspondiente de la propuesta anterior.

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por instrucciones  de la Presidencia, se pregunta a las señoras y señores Diputados en votación económica, si es de aprobarse la propuesta anterior, favor de hacerlo levantando su mano, le informo Diputado Presidente que la propuesta fue aprobada por unanimidad.

DIP. PTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación  antes señalada se declara aprobada la propuesta anterior, por lo tanto se pone a la consideración de la Asamblea el documento que nos ocupa, Tiene la palabra el  Diputado o Diputada que desee hacerlo. Se le solicita al Diputado Arturo ocupe el lugar correspondiente.

DIP. GUTIERREZ VEGA. Con su permiso Diputado Presidente. Hacerle un reconocimiento a las personas cuyo esfuerzo, trabajo y dedicación han significado mucho para el desarrollo de nuestro estado, sin duda que es loable y que es noble; por ello creo que esta legislatura el reconocimiento a su esfuerzo y dedicación el Grupo Parlamentario del PAN aprobaremos dicho dictamen que presento la Comisión de Adultos Mayores pero sin duda también que muchos de nuestros adultos mayores quedan fuera de este reconocimiento, porque desde el hogar, desde el trabajo, desde el campo, desde muchos espacios, desde muchos rincones a todo lo largo y ancho de nuestro estado han colaborado y aportado mucho para el desarrollo de nuestro sociedad y por ello creo yo, que el reconocimiento, pues es el merecimiento a toda esta trayectoria y a todo este esfuerzo que se tiene que reconocer y respetar para todos nuestros adultos mayores, por ello celebro el dictamen, pero también solicitaría a la Comisión de adultos Mayores, Juventud y también de Niñez y Discapacidad que pudiera también ojalá, el pasado 12 de este mes que fue el día internacional de la Juventud, ojalá que el dictamen que aquí en el pleno aprobamos por unanimidad, en donde solicitaba su servidora que hubiera un foro de jóvenes en donde se debatieran las ideas, y que pudieran los jóvenes expresarse aquí en este pleno para poder adecuar el marco jurídico de nuestra entidad a la realidad que viven los jóvenes también pudiera lograrse a través de un foro donde se expresaran los jóvenes aquí en el congreso del estado y pudieran adecuarse el marco legal local. Por otro lado, también, veo aquí que se le da el reconocimiento a un Pbro. De la Iglesia católica, un reconocimiento a la labor humanística, la iglesia católica, en este caso al  Presbítero Ricardo de Jesús Vázquez Lara, que todos conocemos la labor humanística que el desempeña en las obras sociales de San Felipe de Jesús. Y no me va a dejar ninguna duda de  muchas de las personas que merecen reconocimiento y muchas de las acciones y de las obras, de labor humanística que van en ese sentido con discapacidad que están ahí en este tipo de albergue y pues enhorabuena a la comisión y sin duda que mi voto será a favor de lo que la Comisión propone.

DIP. PTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias a la Diputada Brenda del Carmen… tiene la palabra la Dip. Imelda Lino Peregrina. 

DIP. LINO PEREGRINA. Con su permiso Diputado Presidente. Yo también quiero decirles compañeras y compañeros Diputados que esta es la primera ocasión que se va hacer entrega en esta LV Legislatura este reconocimiento a la Senectud, a nuestra gente grande, a nuestros adultos mayores o adultos en plenitud, esta reconocimiento al trabajo, al deporte, a la ciencia, al arte, a la labor humanística y en lo profesional, yo estoy consciente de que habrá muchísimas personas más que merecen estos reconocimientos en todo nuestro estado, en todas estas ramas y muchas mas pero es importante que por primera ocasión vuelvo repetir se lleve a cabo este reconocimiento a todas las personas que ya dieron su vida entera, han entregado, han formado ciudadanos y familias de bien, es importante mencionar que se agradece a todos ustedes este respaldo por unanimidad como lo he mencionado, como se ha visto en este momento y que el 28 de agosto se vaya a entregar en este congreso los reconocimientos a estas personas como ya lo ha mencionado: Jorge Chávez Carrillo en el arte, se entrega también a la Licda. Josefina Esquivel Castellanos, a la Maestra Mercedes Ballesteros, a Gil Cabrera y bueno decirles que la fracción del PRI por supuesto que votará a favor de estas preseas que por primera ocasión se entrega en esta LV Legislatura. Es cuanto Diputad Presidente.

DIP. PTE. FERMIN SANTANA, Muchas gracias Diputada Imelda. Solicito a la Secretaría recabe la votación nominal del documento que nos ocupa.

DIP.  SRIA. GUTIERREZ VEGA. Por instrucciones  de la Presidencia, se pregunta a las señoras y señores Diputados en votación económica, si es de aprobarse la propuesta anterior, favor de hacerlo levantando su mano, le informo Diputado Presidente que la propuesta fue aprobada por unanimidad…. Rectifico.. Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a las señoras y señores Diputados en votación nominal si es de aprobarse el documento que nos ocupa. Por la afirmativa.

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ  VEGA. Por la negativa.

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. ¿Falta algún Diputado por votar?........ ¿Falta algún Diputado por votar?..  Procederemos a votar los de la Mesa Directiva

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Chapula. A favor

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ VEGA.  Brenda Gutiérrez. A favor

DIP. PTE. FERMIN SANTANA. Fermín. A favor.

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Le Informo Diputado Presidente que se emitieron 24 votos   por la afirmativa.

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ  VEGA. Le  Informo a usted también Diputado Presidente que no hubo voto en contra de este dictamen.

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación antes señalada declaro aprobado por 24 votos el documento que nos ocupa. Instruyo a la Secretaría le de el trámite correspondiente. De conformidad al siguiente punto del orden del día se procederá a dar lectura al acuerdo relativo de la creación de la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución Mexicana. Tiene la palabra el Diputado Luis Gaitán Cabrera.

 

DIP. GAITAN CABRERA. Con su permiso Diputado Presidente. Los suscritos Diputados integrantes de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios de la Quincuagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Colima, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 37, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y con fundamento en lo previsto por los artículos 22, fracción I; 59; 83, fracción I; y 84, fracción III; de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como el 126; 127 y 130 de su Reglamento, sometemos a la consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa de Acuerdo, relativa a la creación de la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución Mexicana, de conformidad con la siguiente:

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

 

EI16 de septiembre del año 2010 hará doscientos años del inicio de nuestra Independencia como nación, de la misma manera el 20 de noviembre del mismo año estaremos conmemorando cien años del inicio formal de la Revolución Mexicana, ambos eventos marcaron el rumbo de nuestro país ya como nación independiente, tratando imperiosamente de dejar atrás los abusos de que fuimos objeto, primero de los invasores y enseguida de malos mexicanos que añoraban el tipo burgués de la clase gobernante de países europeos.

 

De tal manera que tenemos la ineludible misión de fomentar la unidad de los colimenses, a través de las conmemoraciones de los movimientos de Independencia y de la Revolución, para que se fortalezcan los valores que han forjado nuestra identidad nacional y la visión que el Poder Legislativo tiene de impulsar y motivar a que cada ciudadano, se sienta orgulloso de su historia, aprendiendo de su pasado, para hacer crecer el futuro de nuestra noble tierra.

 

Con el objeto de promover y realizar un programa conmemorativo para la sociedad del Estado de Colima, es necesario la creación de un órgano consultivo, con la colaboración de instituciones públicas, privadas y de toda la sociedad en general, en el cual participen con la aportación de testimonios, sobre el significado de la libertad y defensa de la soberanía nacional iniciada en 1810, así como la Democracia y la Justicia Social de 1910, que precisan lo que debemos hacer para cumplir la responsabilidad histórica de nuestro tiempo, fortaleciendo de esta manera la identidad estatal y nacional.

 

Este cuerpo Legislativo a través de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios considera pertinente la creación oficial de un organismo especial que tenga como propósito identificar, valorar y difundir los hechos y personajes que determinaron la lucha por la independencia nacional, y la revolución, así como los particulares ocurridos en el Estado de Colima.

 

Por lo cual, es posible plantear al Pleno Legislativo, la creación de una Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución Mexicana, misma que, de constituirse, tendría vigencia desde la expedición del acuerdo respectivo, hasta el término del periodo Constitucional de la actual Legislatura, y quedaría conformada por los Diputados que integran la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, un Diputado del PRD, un Coordinador general y un Secretario Técnico, con lo cual se consensa la pluralidad política representada en el Congreso.

 

Dicha comisión especial, conforme al artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, tendrá competencia para planear, organizar, convocar y especialmente coordinarse con las comisiones similares tanto de la cámara de diputados como con la del senado de la república, para que conjuntamente puedan realizar acciones en favor de los festejos de tan importantes acontecimientos, hechos que fueron marcados con sangre cada siglo, a partir de los inicios del siglo XVIII, con lo que ahora no queremos dejar pasar la oportunidad de demostramos a nosotros mismos que a un cien años de distancia de la última rebelión importante hemos avanzado por un camino de paz y tranquilidad social que debemos de valorar ya que los Hidalgo, Morelos, Allende, Guerrero, Madero, Villa, Zapata y Carranza, entre los nacionales, además de los no menos trascendentes José Antonio Díaz, Calixto Martínez, Ignacio Sandoval, Los Regalado, todos insurgentes, así como Eugenio Aviña, Doroteo López y Juan José Ríos, revolucionarios que desde esta tierra pródiga, como es nuestro Colima, también buscaron el bienestar de nuestros compatriotas en aquellos días del México rebelde.

 

En virtud de lo anterior, quienes promovemos la presente acción legislativa consideramos que es preciso determinar la constitución e integración de la Comisión Especial multicitada, la cual tendrá como propósito realzar y darle su justa dimensión tanto a los acontecimientos mencionados, como a los héroes que participaron en ellos, traduciéndose en nuestro acervo histórico cultural del cual nos sentimos orgullosos de formar parte, así como de este pequeña extensión de tierra pero gran estado, como lo es el Estado de Colima. A efecto de que la integración de la Comisión Especial propuesta, revista un carácter proporcional, en función de la representatividad que tienen cada una de las distintas corrientes políticas en esta asamblea popular, se propone su integración de manera plural.

 

Por todos los razonamientos expresados, presento a la consideración de esta Soberanía el siguiente Proyecto de

 

 

ACUERDO

 

POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE APOYO A LOS FESTEJOS DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO Y DEL CENTENARIO DE LA REVOLUCION MEXICANA

 

ARTICULO PRIMERO.- Esta Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado Libre y

Soberano de Colima, crea la Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución Mexicana, la cual quedará integrada de la siguiente manera:

 

Dip. Luis Gaitán Cabrera, por el Partido Revolucionario Institucional;

Dip. Enrique Michel Ruiz, por el Partido Acción Nacional;

Dip. Crispín Gutiérrez Moreno, por el Partido Verde Ecologista de México;

Dip. Adolfo Núñez González, por el Partido de la Revolución Democrática;

Lic. Noé Guerra Pimentel, Coordinador General,

Ing. Rafael Tortajada Rodríguez, Secretario Técnico.

 

 

La coordinación de esta Comisión recaerá en el Presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, nombrando los secretarios necesarios de entre los demás miembros de la Comisión. Las decisiones de la Comisión Especial serán tomadas por voto ponderado.

 

ARTICULO SEGUNDO.- La Comisión Especial entrara en funciones desde el momento de su constitución hasta el término del periodo Constitucional de esta LV Legislatura, declarándose la extinción de la referida Comisión.

 

ARTICULO TERCERO.- La Comisión Especial elaborará y presentará el Plan de Trabajo correspondiente, en el que se ponderarán de manera específica las actividades que se propone desarrollar durante su función que concluye el 31 de octubre del 2009 y las que como propuesta habrán de cubrirse posteriormente, de conformidad con un cronograma general de actividades en las que se considerarán cinco ejes temáticos:

 I).-Cultura cívica y jurídica;

 II).- Promoción y difusión del conocimiento y reflexión histórica;

III).- Diálogo y reflexión sobre la historia compartida;

IV).- Participación Ciudadana; y

 V).- Comunicación y Medios; cuya cobertura comprenderá hasta el 30 de noviembre de 2010. Atentamente. Colima, Col., 19 de agosto de 2008,  La Comisión de Gobierno Interno  y Acuerdos Parlamentarios, Dip. Luis Gaitán Cabrear, Presidente, Dip. Enrique Michel Ruiz, Secretario, Dip. Crispín Gutiérrez Moreno, Vocal. Es cuanto Diputado Presidente

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias, Diputado Luis. Se pone a la consideración de la Asamblea el acuerdo que nos ocupa. Tiene la palabra el Diputado que desee hacerlo. Tiene la palabra la diputada Aurora Espíndola.

 

DIP. ESPÍNDOLA ESCAREÑO. Yo quisiera solicitar que se agregue al Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte al Diputado José López Ochoa para que forme parte de dicha Comisión, es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Tiene la palabra el Diputado Luis Gaitán.

 

DIP. GAITAN CABRERA. Bueno, a nombre de la Comisión de Gobierno Interno, no veo ningún inconveniente de que pudiera integrarse el Diputado José López, Presidente de la Comisión de Educación y Cultura, creo que esta Comisión lo ve con buenos ojos y quedará integrado en el documento que hoy estaremos votando. Muchas gracias Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Se toma nota y se instruye a la Secretaría. se pone a consideración de la Asamblea la propuesta de la Diputada Aurora Espíndola. Del diputado Luis Gaitán comentando la propuesta de la Diputada Aurora. Solicito a la Secretaría recabe la votación correspondiente del documento que nos ocupa.

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por indicaciones del Diputado Presidente se pregunta a las señoras y señores Diputados si es de aprobarse la aceptación que hizo el Diputado  Luis a la propuesta de la Diputada Aurora Espíndola Escareño de integrarse el Presidente de la Comisión de Educación y Cultura Dip. José López Ochoa. Favor de hacerlo levando su mano. Le informo Diputado que fue aprobado por unanimidad.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación antes señalada declaro aprobado el documento que nos ocupa. Instruyo a la Secretaría le dé el trámite correspondiente.  De conformidad al siguiente punto del orden del día decreto un receso para consensar un acuerdo parlamentario. …. SE REANUDA LA SESIÓN… Solicito a las diputadas y diputados, tomar su lugar. A la diputada Brenda por favor. Se reanuda la sesión, de conformidad al siguiente punto del orden del día un acuerdo que propone enviar al Congreso de la Unión una iniciativa que reforma a los artículos 7°, fracción XI y 9° correspondiente al capítulo I, denominado “Disposiciones Generales” de la Ley de Educación. Tiene la palabra el Diputado Roberto Chapula de la Mora.

 

DIP. CHAPULA DE LA MORA. Con su permiso Diputado Presidente.  CC. SECRETARIOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E S  ROBERTO CHAPULA DE LA MORA, Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en los artículos 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y 127 de su Reglamento someto a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Acuerdo en base a la siguiente

 

E X P O S I C I O N     D E     M O T I V O S 

 

La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y sus Recursos  patrocinada por la UNESCO, define la educación ambiental  como el proceso de reconocer valores y aclarar conceptos para crear habilidades y aptitudes necesarias que sirvan de base para comprender y apreciar la relación mutua entre el hombre, su cultura y ambiente biofísico circundante. La educación ambiental incluye la práctica de tomar decisiones y formar un código de comportamientos respecto a las cuestiones que conciernen a la calidad ambiental.

 

Desde 1968 el Consejo para la Educación Ambiental en Inglaterra, reconoce el papel clave de la educación ambiental en el fomento del cambio en actitudes, valores y comportamiento que se consideran indispensables para empezar a resolver los problemas del deterioro de los ecosistemas en el mundo. En ese sentido,  se debe desarrollar una población más conciente y preocupada por el medio ambiente y sus problemas con los conocimientos, habilidades, actitudes, motivaciones y compromisos, para trabajar individual y colectivamente hacia la resolución de problemas actuales y en la prevención de nuevos. Los problemas ambientales son frecuentemente causados por las sociedades humanas; por lo tanto, los individuos resultan ser las causas primarias de muchos de estos problemas y la solución a  estos, es la intervención del individuo actuando colectivamente.

 

Indudablemente, la educación ambiental es el producto de cambios evolutivos de las sociedades a través de diversas etapas y sistemas políticos; que se ha venido convirtiendo en un elemento fundamental para contribuir a frenar las tendencias del deterioro del medio ambiente nacional y  de los Estados, promoviendo una producción sustentable, que influye en los patrones de consumo, ordena los procesos productivos, impulsa la corresponsabilidad ante los problemas y las soluciones ambientales, fortaleciendo a las instituciones educativas en la enseñanza  del cuidado y preservación del medio ambiente entre otras.

 

Las técnicas, metodologías, habilidades y conocimientos pueden ser compartidos, asimilados y multiplicados por cada una de las personas al asimilar la educación ambiental. La capacitación de los educandos dentro de las Instituciones educativas, juega un papel de vital importancia en aquellos sectores de la población directamente relacionados con el uso y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, así como, las comunidades rurales y urbanas. 

 

El reto es modificar las formas convencionales que ha venido provocando diversos daños ecológicos a los ecosistemas. Dentro de ahí que exista una propuesta pedagógica como la capacitación a larga distancia, que integra en su proceso los diversos elementos educativos mediante el uso de tecnologías, información y comunicación en donde prevalecen los medios electrónicos para la transmisión y actualización de conocimientos ambientales.

 

En la actualidad, los medios audiovisuales representan una herramienta de múltiples alcances para la educación ambiental, principalmente en zonas alejadas y de difícil acceso en nuestro país. El enseñar a los educandos nuevos conocimientos teóricos, prácticos, valores y actitudes; constituyen la clave para conseguir el mejoramiento del medio ambiente, no obstante; se ha considerado entre los aspectos de la educación ambiental, el fomento a la participación social a la organización comunitaria tendientes a las transformaciones globales que garanticen una óptima calidad de vida y una democracia participativa plena, que procure el auto-desarrollo de la persona.  

 

La educación ambiental proyecta una continuidad de desarrollo al mismo tiempo que se protegen, preservan y conservan los  ecosistemas que son soporte vital del planeta.  Bajo ese sentido de ideas, se debe educar a los niños, niñas y jóvenes para que ocupen plenamente el lugar que les corresponde en la naturaleza, como elementos componentes de esta; debiendo comprender que ellos forman parte integrante de este sistema ecológico y que como tal, tienen deberes que cumplir.

 

La educación ambiental es importante compañeros Legisladores,  porque no solo se produce a través de la palabra sino que; se encuentra presente en todas nuestras acciones, en los sentimientos y actitudes que realicemos en pro o en contra de nuestro hábitat; por ello la aceptación de una actitud consciente ante el medio que nos rodea y del cual formamos parte todos los mexicanos y colimenses, depende en gran medida de la enseñanza y educación hacia la niñez y juventud, de cuidar y preservar el medio ambiente. Ante esto, le corresponde al Estado a través de la Secretaria de Educación Pública Federal, desempeñar y aplicar este papel fundamental, estableciendo dentro de sus planes y programas educativos en forma obligatoria la enseñanza de conciencia ambiental.

 

Algunos programas educativos en la actualidad,  incluyen temas de enseñanza en el conocimiento del medio ambiente, sin embargo; no se le da la importancia  y el estudio a fondo que requiere, ya que se deja al margen la conciencia en la educación ambiental,  si bien se cita la implementación  hacia los niños y padres de familia en el aprovechamiento racional de los recursos naturales y protección del medio ambiente, pero estos en la mayoría de los casos sigue siendo una meta en puro papel, porque los problemas ambientales que enfrenta la sociedad mexicana y colimense, deben atacarse desde ahora, sino se correría el grave riesgo en que el daño que sufre nuestro hábitat en algunos casos resulte irreparable.

La educación como método de vinculación y concientización cultural, es la principal política del Estado en pro de contrarrestar los perjuicios que afronta México y Colima, por lo tanto; la educación ambiental dentro de un marco de reciprocidad hacia los distintos sectores sociales, es indispensable para impulsar la educación en la preservación, la toma de conciencia y cuidado de nuestro hábitat, dirigida a niños, niñas, jóvenes, maestros y padres de familia como tomadores de las decisiones; debido a que comparten responsabilidad y el compromiso ineludible de entregar a las generaciones futuras, un planeta en condiciones ambientales que nos permita seguir viviendo una calidad de vida optima y digna. 

Con ello el objeto del presente acuerdo que se presenta el día de hoy, es establecer la educación ambiental en la Ley General de Educación, logrando con ello que la población mexicana y Colimense; adquieran la conciencia del cuidado  en el medio ambiente y se interesen en sus problemas conexos así como, el que cuenten con los conocimientos, aptitudes, actitudes, valores y  motivaciones necesarios para trabajar de forma individual y colectiva, en la búsqueda de soluciones a la problemática actual de nuestro hábitat y prevenir con ello los que pudieran presentarse en lo sucesivo; porque nosotros como representantes populares, tenemos la obligación de establecer condiciones normativas necesarias que garanticen a los educandos dentro de las Instituciones educativas en los ámbitos federal y local, el recibir una educación ambiental con el fin de adquirir conciencia en la  preservación hacia el medio ambiente, guiando el actuar de los Colimenses  comprometidos con su misma sociedad.

Por lo antes expuesto y en mi carácter de Diputado integrante de esta Quincuagésima Quinta Legislatura en el Estado,  en base a lo establecido en los artículos 71 fracción III  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 127 de su Reglamento, presento a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

 

A   C   U   E   R   D   O:

 

ARTICULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 7º fracción XI y 9º, correspondiente al Capítulo I, denominado “Disposiciones Generales”, de la Ley General de Educación para quedar como sigue: 

 

“LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

 

CAPITULO I

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 1º a  6º…….

ARTÍCULO 7º.- …………

I. a X.-……………………

XI.- Hacer conciencia a los educandos fomentándoles actitudes que contribuyan a un aprovechamiento racional de los recursos naturales así como, establecer programas de educación ambiental en las Instituciones educativas,  buscando que los contenidos teóricos de estos programas de estudio, se vinculen con proyectos ecológicos  fomentando la conciencia y preservación  ambiental, y

XII.-………………………

 

ARTÍCULO 8º.-…………

I. a III.-………………….. 

 

ARTÍCULO 9º.-  Además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá la educación ambiental en sus planes y programas de estudio, con el fin de salvaguardar y conservar el medio ambiente así como, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y atenderá directamente mediante sus organismos descentralizados a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación media superior y superior, necesarios para el desarrollo de la Nación,  así mismo, apoyará la investigación científica y tecnológica, alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.   

 

ARTICULOS 10 a 11.-…………..

 

ARTICULO SEGUNDO.- De ser aprobado el presente Acuerdo por esta Honorable Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima,  remítase a la H. Cámara de Diputados del  Congreso de la Unión, para efecto de ejercer el procedimiento que establece el artículo 71 de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos. A T E N TA M  E N T E Colima, Col., agosto 13  de 2008. Solicito la discusión, votación y a aprobación en su caso.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA.  Está a la consideración de la Asamblea el documento que nos ocupa. Tiene la palabra el Diputado que desee hacerlo. Tiene la palabra la Diputada Aurora Espíndola.

 

DIP. ESPÍNDOLA ESCAREÑO. Con su permiso Diputado Presidente. Bueno, compañeros Diputados yo creo que, la persona que está presentando esta iniciativa o  no tiene niños o ahora si… que nunca ayudó a la esposa revisando tareas, porqué, porque tenemos varios libros, los niños en primaria llevan Ecología, en secundaria llevan Ecología y están haciendo un esfuerzo enorme, yo lo veo que en las escuelas que en reciclados, en sembrar árboles, yo creo que los niños perciben perfectamente esto y yo creo que mas que esta iniciativa, creo que deberíamos ser responsables y aprobar la creación de una secretaría del medio ambiente que tanto hace falta a Colima, y creo que ahí si debemos ser responsables, creo que ahí si debemos ser responsables, es cuanto diputado presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Diputada Aurora.  Tiene la palabra el Diputado Roberto Chapula de la Mora.  

 

DIP. CHAPULA DE LA MORA. Con su permiso Diputado Presidente. El contenido fundamental de la iniciativa es que se establezca en la ley general de Educación obligatoriedad de establecer educación ambiental, hemos acudido a instituciones educativas, en preescolar, primaria, secundaria bachillerato, profesional y llevamos las materias Ciencias Naturales, Biología, relacionadas con la materia y además debemos cuidar el medio ambiente fundamental, que no es nuestro, es de nuestros hijos, hay un parteaguas en el sistema constitucional,  y como en alguna etapa  en el ’92 se establecieron los Derechos Humanos, Derechos electorales, hoy el Derecho Ambiental es  fundamental y debemos cuidarlo, no solamente los bosques, los ríos, lagos, lagunas, cuidar la contaminación, pero es importante que se establezca en el orden jurídico y tenga el carácter el obligatorio que es la base fundamental de la propuesta, con burocratismo no solucionamos los problemas ambientales, ni ningún problema. Burocratizar para que haya mayor efectividad en las políticas públicas del gobierno de la república, de los estados y municipios. Creando dependencias para a el problema, implementar programas operativos en beneficio colectivo que es lo que se pretende, el elemento humano fundamental y en este caso específico sin entrar en mayores detalles porque me interesa ver sobre el problema no es solo la concepción personal, creo yo que el fundamento real es de que se contemple en la ley de educación la obligatoriedad, todo mundo, vemos ciencias naturales, todos contribuimos en la enseñanza, todo mundo contribuimos a sembrar árboles a cuidar lagos, lagunas y de manera responsable y contribuimos a preservar el medio ambiente y lo hemos demostrado en los hechos, aquí se trata de crear consciencia, dicen que “chango viejo no echa maroma”  o “changa vieja no echa maroma” pero se trata de que los niños y las niñas puedan tener educación ambiental y de esta forma puedan ellos contribuir a cuidar el entorno del mundo que nos rodea y consecuentemente es el fin de esta iniciativa que se establezca en la Ley de Educación para que sea obligatoriedad de todos los educandos y sobre todo que las autoridades educativas que se vea su observancia para cuidar el medio en donde nos desenvolvemos.

 

DIP. PTE. FERMIN SANTANA Tiene la palabra la Diputada Aurora.

 

DIP. ESPINDOLA ESCAREÑO. Con su permiso Diputado Presidente. Bueno pues yo veo aquí más que querer hacer un bien, es puro protagonismo, verdad, siento que si queremos trabajar bien, hay que comenzar por casa, aquí en Colima, es donde se necesita una secretaria del medio Ambiente, urge, aunque a mis compañeros les moleste que pena me da porque hace unos días estaba una persona en la radio, y me di a la tarea de hablar y decirle porque estaba hablando algo muy interesante porque estaba hablando de la ecología en el estado, del medio ambiente, me dio pena hablar y porqué no fue creada…, y ahí se hizo pelotas, creo que se debe ser responsable, compañeros, no somos chiquitos, no somos niños que tengan que decirnos que esta bien y que mal, sabemos ahora sí, el tema es el medio ambiente, debemos cuidarlo, va tomando rumbos en cuanto a la industria, en cuanto … ustedes ven la regasificadora, tenemos un problema con la termoeléctrica y tenemos que ser responsables, yo creo que aquí es donde tenemos que ser realmente responsables, lo que decía el compañero, si solo con responsabilidad vamos a aprobar algo con lo cual la ciudadanía nos va a agradecer, ahora si “que pena me da”.

 

DIP. PTE. FERMIN SANTANA. Tiene la palabra el Diputado Chapula por alusiones.

 

DIP. CHAPULA DE LA MORA. Miren compañeros este tema es de importancia, el aspecto ambiental, si consideramos que en la educación descansa el porvenir de la nación y a nuestros niñas y niños los impulsamos desde temprana edad que tengan la consciencia de conservar el medio ambiente avanzaremos, no es mi tema ideológico ni de carácter partidista es un tema que incumbe a todos, y crear consciencia en la siembre de árboles de conservar limpios los causes de ríos, arroyos, lagos, lagunas., mares, de conservar limpios esos lugares, consciencia de no tirar basura, separación de residuos, los gases contaminantes, el problema mundial que tenemos es una situación grave en donde los países, los más desarrollados no han querido aportar los recursos económicos para la conservación del medio ambiente, un crecimiento industrial, mas sin embargo países como EU. Inglaterra, Canadá, no aportaron los millones  que tenía que aportar cada país, porque China y la India que son potencias industriales no hacen lo propio, y por la desventaja en la competencia de orden económico y en el terreno internacional, aquí tenemos que cuidar el entorno, no solo la geografía del estado, sino la nacional y que el niño vaya tomando consciencia, por esa la razón principal de que se incluya en la Ley de Educación la obligatoriedad de incluir lo ambiental y fortalecerlo con las materias que se llevan de ciencias naturales, ecologías, para cuidar el mundo en que vivimos, es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PTE. FERMIN SANTANA Tiene la palabra el Diputado Adolfo Núñez.

 

DIP. NÚÑEZ GONZALEZ.  Con su permiso Diputado Presidente, aunque en este tema, en esta materia como en muchas otros, nada sale sobrando, se aceptan todas las propuestas, claro que yo estaría votando a favor de que se envíe esta propuesta al congreso de la unión y que se pudiera modificar la Ley de Educación, me da mucho gusto que se estén aprobando iniciativas en ese sentido, hace más de un año, yo presenté una propuesta que ni siquiera era enviarla al Congreso de la Unión simplemente era un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación aquí en el estado, para que en la medida de sus posibilidades, sin alterar el programa de educación primaria, secundaria y preescolar, se buscara la manera en la elaboración de un cuadernillo local promoviera la equidad de género, tal vez, porque no fue propuesto por le PRI, fue desechado, no prosperó, a lo que los trabajadores de la educación, en la educación primaria no existe la educación cívica, hay un cuadernillo de trabajo de la Constitución M exicana pero que se queda muy corto, porque bueno hay programas no hay libros, y proponíamos un cuaderno de trabajo donde Colima pudiera ser el número 1 en ese sentido y ser ejemplo a nivel nacional de cómo trabajar en un tema tan importante como éste. En el caso de la propuesta que hace el Diputado Roberto Chapula, por supuesto que es interesante, y no es un tema nuevo, y por supuesto en primaria tienen un cuaderno de trabajo que se llama conocimiento del medio donde abordan temas al entorno ecológico, familiar, al cuidado de la naturaleza y de los recursos y posteriormente viene en secundaria el libro de medio ambiente, no es un tema nuevo es un tema que  se ha trabajado desde hace unos años y lo que nos ha faltado es dar  ese salto a los educadores, y es lo que propone el Diputado Chapula,  dar un salto y no solamente hacer como que hacemos o cumplir con lo que marca el programa, sino que ir más allá, que el niño vea, que estamos convencidos de lo que estamos haciendo y que el niño vaya más allá y no que vea que estamos dándoselo por dárselo sino que vayamos mas a la concientización, para el manejo de unos trabajos y llegar a una propuestas que penetre, porque desgraciadamente los veo como educador, por ejemplo, estamos viendo un tema de reciclados, estamos viendo el tema de redimensiones de algunos materiales, se acaba el tema, el niño sale al recreo en el momento que sale el niño tira la envoltura metálica al piso, ni siquiera lo hace en el bote de la basura. Lo mismo hace en la calle con la envoltura de la paleta, con la envoltura del plástico donde venía el refresco, qué quiere decir, que hay un trabajo a medias y que en parte, de ese trabajo a medias es responsabilidad del propio educando y del educador a quien no se le ha formado una conciencia. Yo creo que los documentos que presente cualquier diputado de cualquier partido político de cualquier fracción sean tomados en cuenta, porque esta legislatura se ha caracterizado por votar a favor o votar en contra del documento independiente del tema, quien lo propuso y de acuerdo a eso lo califican como bueno o como malo, eso, no me lo podrán negar porque hemos visto que algunos documentos se han votado en contra porque lo propuso fulano, porque lo propuso mengano,  y se han votado algunos otros que no son de calidad porque simple y sencillamente, porque lo propuso otro fulano otro fulano. Yo exhorto a los compañeros que tienen la mayoría en esta legislatura para que vayamos a meternos a legislar a analizar y que en un punto de vista más ético, como en este caso hay una propuesta y yo estaré votando a favor, es cuanto Diputado Presidente.

 

PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias. Solicito a la Secretaria recabe la votación económica correspondiente del documento que nos ocupa.

 

DIP. SRIA. GUTIERREZ VEGA. Por instrucciones de la Presidencia solicito a las señores y señoras diputadas en votación económica si es de aprobarse la propuesta anterior, favor de hacerlo levantado su mano, le informo Diputado Presidente que la propuesta fue aprobada por unanimidad.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación antes señalada se declara aprobado el acuerdo presentado por el Diputado Roberto Chapula, instruyo a la Secretaría le dé el trámite correspondiente. De conformidad al siguiente punto del orden del día, se procederá a dar lectura al dictamen relativo a la reforma del artículos 86 Bis; se reforma la fracción V, del artículo 89; se reforma el artículo 93 y el artículo 133 todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. Tiene la palabra el Diputado Arturo García Arias.

 

DIP. GARCÍA ARIAS. Con su permiso Diputado Presidente. Compañeras y compañeros Diputados. A la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, le fue turnada para su análisis, estudio y dictamen correspondiente la iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto, relativa a reformar diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y

 

C O N S I D E R A N D O

 

PRIMERO.- Que mediante oficio número 2773/08 de fecha 18 de agosto de 2008, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto presentada por los Diputados Luis Gaitán Cabrera; Enrique Michel Ruiz; Adolfo Núñez González; Crispín Gutiérrez Moreno; Roberto Chapula de la Mora; Arturo García Arias y Humberto Cabrera Dueñas, Integrantes de la Comisión Especial para la Reforma Electoral en el Estado de Colima, relativa a reformar diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

 

Que la iniciativa en estudio dentro de su exposición de motivos señala que:

 

·         Que en sesión ordinaria celebrada el 19 de septiembre de 2007, se recibió en esta Soberanía la Minuta Proyecto de Decreto, por la que se planteó reformar los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adicionar el artículo 134, y derogar un párrafo del artículo 97, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, siendo turnada a la Comisión correspondiente quien emitió el dictamen correspondiente, siendo aprobada por unanimidad en sesión Ordinaria No.5 de fecha 23 de septiembre del 2007, expidiendo al efecto el Decreto No. 152.

 

·         Dado lo anterior, y habiendo sido aprobadas las reformas citadas por la mayoría de las Legislaturas Locales del país, dando cumplimiento así, con el requisito previsto en el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Titular del Ejecutivo Federal publicó el día 13 de Noviembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, el referido decreto.

 

·         En cumplimiento con lo mandatado por el numeral 105 de nuestra Carta Magna, las reformas en materia electoral deben de promulgarse y publicarse 90 días antes de haber iniciado el proceso electoral respectivo, esto se relaciona con el artículo Sexto Transitorio del decreto arriba mencionado, en donde se les otorgo a las Legislaturas Estatales el plazo de un año a partir de su publicación para adecuar su legislación en la materia. En consecuencia nuestro Estado, debe ajustar en los casos que proceda, su marco jurídico a las normas constitucionales federales reformadas, que sustentan los principios de libertad y autenticidad, así como, de equidad y transparencia electoral, preceptos jurídicos que son indispensables para garantizar la renovación pacífica y periódica de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, así como de los Ayuntamientos que conforman nuestra Entidad Federativa.

 

·         En función de lo anterior y a efecto de dar cumplimiento al mandato constitucional, mediante Acuerdo de fecha 8 de julio de 2008 la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, de la Quincuagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, creo la Comisión Especial para la Reforma Electoral en el Estado de Colima, quienes dando cabal cumplimiento a sus funciones, convocaron a la sociedad en general, partidos políticos y organizaciones a foros de consulta sobre la reforma electoral en nuestro Estado. 

 

·         Como producto de dichos foros y ante una importante participación de quienes de manera oportuna y propositiva acudieron al llamado de esta Soberanía, hicieron  propuestas serias y responsables, todas ellas en búsqueda de mejores formas, condiciones y equilibrios para un mejor desarrollo de los procesos electorales y participación de la ciudadanía.

 

·         Sin embargo, adicional a los temas propuestos por los participantes en el foro electoral, con  motivo de la reforma federal en materia electoral, consideramos necesario y de manera impostergable adecuar nuestro marco constitucional al federal, particularmente en los temas que si bien se encuentran algunos ya previstos y desarrollados en nuestra Ley secundaria, es oportuno elevarlos y darles rango constitucional a otros.

 

·         En función de lo anterior, esta Comisión Especial previo análisis y reconsideraciones, tanto de las propuestas presentadas en el foro organizado por ésta Soberanía, como de la adecuación al marco constitucional federal, concluye realizar la propuesta como resultado de los trabajos que fueron expuestos oportunamente en lo referente a la adaptación al marco constitucional, incluyendo lo relacionado a la equidad y género, dejando el resto de las propuestas para su regulación en la Ley secundaria una vez aprobadas las reformas constitucionales.

 

·         En virtud de lo anterior y sin el ánimo de prejuzgar sobre la viabilidad de las mismas, pues a ello le corresponderá hacerlo la Comisión dictaminadora, es que proponemos a esta Soberanía en primer lugar y por jerarquía de normas, la reforma a los artículos 86 Bis; 89; 93 y 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, que tiene su respaldo tanto en las propuestas planteadas en el foro, así como en el estudio y adecuación de nuestro marco legal con motivo de la reforma federal y en el impacto de las mismas en otros textos legales del mismo ordenamiento supremo en el Estado.

 

SEGUNDO.- Que mediante oficio número 2707/08 de fecha 21 de julio de 2008, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto presentada por el Diputado Enrique Michel Ruiz y demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, relativa a reformar y adicionar los artículos 22, 86 Bis y 119 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

 

Que la iniciativa en estudio dentro de su exposición de motivos establece que:

 

·         El día 13 de Noviembre del 2007 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma los artículos 6°, 41, 85, 99, 116 y 122 adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

·         La reforma tuvo como objetivo tres materias fundamentales: a) Disminuir el gasto de campañas electorales b) Fortalecer las atribuciones y facultades de las autoridades electorales federales y c) Diseñar un nuevo modelo de comunicación entre la sociedad y los partidos.

 

 

·         La reforma constitucional previó además la obligación para las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal adecuaran a su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en el Decreto de reforma que comenta, a más tardar en un año a partir de su entrada en vigor; observando en todo caso lo dispuesto por el artículo 105, fracción II, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone que “ las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días entes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicar, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.

 

·         Esta disposición de máximo rango obliga al Estado de Colima a promover la adecuación de sus propias normas locales en materia electoral, tomado en consideración aquellos aspectos que invariablemente se tiene que incorporar a la legislación colimense, pero también pudiendo promover reformas respecto de otros temas que conforme al ámbito de autonomía de nuestra entidad federativa convenga proponer y adaptar.

 

·         México a transitado desde 1977 a la fecha por un intenso proceso de cambio político y transformación democrática en el que ha jugado un papel fundamental las reformas político electorales que se han realizado a lo largo de casi tres décadas.

 

·         Por ello, con el propósito de hacer participe a Colima en la formación de un Estado democrático de derecho consolidado en donde existan las necesarias condiciones para que la persona participe libremente en el proceso político, se respete sin cortapisas el ejercicio democrático de la voluntad ciudadana y se cumplan los principio, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución Federal

 

TERCERO.- Que la Comisión que suscribe y una vez llevado a cabo el estudio y análisis correspondiente respecto de las Iniciativas de Ley relativas ambas a reformar diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, procede a dictaminar en sentido positivo lo relativo a los artículos 86 BIS; 89; 93 y 133 del cuerpo normativo ya citado en líneas anteriores, pues efectivamente, por mandato constitucional debemos adecuar nuestro marco normativo a los parámetros que nos señala nuestra Ley suprema, por lo que coincidimos plenamente en lo que corresponda con los motivos que señalan los autores de las iniciativas, quienes recogen en esencia el espíritu del Constituyente Federal, principalmente al dar mayor claridad al sistema electoral mexicano y en particular el de Colima.       

 

Efectivamente, que dando cumplimiento al numeral 105 de nuestra Carta Magna, las reformas en materia electoral deben promulgarse y publicarse 90 días antes de haber iniciado el proceso electoral respectivo, por lo que en ese aspecto, la reforma planteada cumple con el requisito de la temporalidad, al estar en tiempo y forma presentada ante el órgano competente para los efectos legislativos a que diere lugar.

 

Para esta Comisión no pasa desapercibida la trascendencia de dicha reforma pues la misma se sustentan en los principios de libertad y autenticidad, así como, de equidad y transparencia electoral, cuyos preceptos jurídicos son indispensables para garantizar la renovación pacífica y periódica de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, así como de los Ayuntamientos que conforman nuestra Entidad Federativa.

 

De igual forma, esta Comisión  reconoce el trabajo realizado por los diputados integrantes de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, quienes con un sentido de responsabilidad conformaron una Comisión Especial, redactora de la Reforma Electoral en el Estado, la cual se integro por los Diputados Luis Gaitán Cabrera; Enrique Michel Ruiz; Adolfo Núñez González; Crispín Gutiérrez Moreno; Roberto Chapula de la Mora; Arturo García Arias y Humberto Cabrera Dueñas.

 

Así mismo, mención especial merecen, quienes previa convocatoria participaron en dicho foro, quienes de manera oportuna y propositiva, hicieron propuestas serias y responsables, en búsqueda de mejores formas, condiciones y equilibrios para un mejor desarrollo de los procesos electorales y la participación de la ciudadanía, entre quienes destacan Lic. Mario Hernández Briseño, Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima; Lic. René Rodríguez Alcaraz, Presidente del Tribunal Electoral del Estado, C.P. Adalberto Negrete Jiménez, Representante del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Adolfo Núñez González, Representante del Partido de la Revolución Democrática; Lic. Luis Ernesto Calvario, Presidente del Frente Juvenil Revolucionario; Lic. Jorge Silva Torres, Presidente de Juventud Popular Revolucionaria, Lic. Ana Cecilia García Luna, Presidenta del Instituto Colimense de la Mujer, Lic. David E. Monroy Rodríguez, Presidente de la Fundación Colima Accesible; C. José Antonio Ramos Salido, Presidente de la Asociación de la Democracia Colimase, Ing. Ramón Montaño Vázquez, Representante de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción; Lic. Andrés Gerardo García Noriega, representante del Partido Acción Nacional; Lic. Jorge Velasco Rocha, Representante del Partido Social Demócrata; Ing. Rafael  Alfonso Acuña Zepeda, Rector de la Universidad Autónoma del Pacifico; así como el Dr. Cuauhtémoc Alcotzin Vidal.

 

Es así, que los temas a reglamentar será lo relacionado al tiempo en que se deberá desarrollar la jornada electoral; la determinación de los principios rectores de la función electoral; sobre la autonomía e independencia de los órganos encargados tanto en la organización como de la  resolución de los asuntos de índole electoral;  de poder convenir con el Instituto Federal Electoral se haga cargo de la organización de los procesos electorales locales; que los partidos políticos solo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa; el derecho exclusivo de los partidos políticos de registrar candidatos a cargo de elección popular, con la excepción en materia indigenista; de la participación de las autoridades electorales en los asuntos internos de los partidos políticos; del financiamiento público equitativo para los partidos políticos; de la liquidación de los partidos políticos que pierdan su registro y el destino de dichos bienes; el establecimiento y los límites a las erogaciones de campañas y precampañas así como montos máximos de aportaciones de sus simpatizantes; la regulación del acceso de los partidos políticos a la radio y televisión; se fijen reglas para las campañas y precampañas; regular las bases de coordinación entre los institutos estatal y federal en materia electoral  sobre la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos; establecer un sistema de medios de impugnación bajo el principio de legalidad; se señalen los supuestos y las reglas para la realización,  en los ámbitos administrativo y jurisdiccional, de recuentos totales o parciales de votación; se establezcan las causales de nulidad en las elecciones de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos y los plazos para el desahogo de todas las instancias impugnativas bajo el principio de definitividad electoral; y se tipifiquen los delitos y faltas electorales, así como sus respectivas sanciones.

 

En virtud de lo anterior es que proponemos a esta Soberanía en primer lugar y por jerarquía de normas, la reforma a los artículos 86 Bis; 89; 93 y 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, que tiene su respaldo tanto en las propuestas planteadas en el foro, así como en el estudio y adecuación de nuestro marco legal con motivo de la reforma federal y en el impacto de las mismas en otros textos legales del mismo ordenamiento supremo en el Estado.

 

Retomando los temas señalados en párrafos anteriores, en lo referente a la adecuación de nuestro marco legal local Constitucional a las reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que refiere al artículo 86 Bis, la propuesta de reforma tiene que ver con el análisis al interior de esta Comisión Especial, en función del planteamiento hecho por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional en voz de su Coordinador el Diputado Enrique Michel Ruíz; y de la misma forma de las reflexiones hechas por los integrantes del Partido de la Revolución democrática Diputados Adolfo Núñez González y Reené Díaz Mendoza, así como de los Diputados Integrantes del Partido Revolucionario Institucional, en temas que de conformidad con lo establecido por el artículo 116 de la Constitución General de la República, debemos acatar, sin dejar de considerar el artículo 41 de la misma ley suprema por contener bases generales que íntimamente se encuentran ligadas al numeral 116, permitiéndonos con ello el hecho de ligar ambos artículos y tener una visión más amplia al adecuar nuestro marco normativo Estatal a las referidas figuras jurídicas electorales, por lo que en congruencia a todo lo anterior, procederemos ha esquematizar en que consistió en lo particular la reforma al artículo 86 bis de nuestra Constitución Local.

 

En el primer párrafo del artículo en cuestión, la reforma consiste en regular que las elecciones deban celebrarse ordinariamente el primer domingo de Julio del año que corresponda, dando cumplimiento así a lo estipulado en el inciso a) fracción IV del artículo 116 de nuestra Cartas Magna Federal, si bien es cierto que nuestro estado se vienen llevando a cabo las elecciones precisamente el primer domingo de julio, tal y como lo mandata nuestra Constitución Federal, lo cierto es que no esta elevada dicha obligación a rango constitucional, por ello la importancia de ésta reforma.

 

En cuanto a la fracción I, se establece el derecho exclusivo de los partidos políticos a solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, cumpliendo de ésta manera lo estipulado en el inciso e) fracción IV del artículo 116 de nuestra Carta Magna Federal, con dicha disposición se contribuye al fortalecimiento del sistema de competencia entre dichas entidades públicas pilar de nuestra democracia, ya que uno de los fines perseguidos por  los partidos políticos es fomentar la participación del pueblo en la vida democrática, además se obliga a sostener una plataforma ideológica  a los partidos y a que dicha plataforma sea respetada por sus candidatos. Además se propone prohibir de manera expresa la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de filiación corporativa, así mismo se propone que sean sólo los ciudadanos quienes puedan formar partidos políticos, de afiliarse libre e individualmente a ellos, dando cabal cumplimiento así a lo estipulado en el inciso e), fracción IV del artículo 116, vinculado al artículo 41 fracción I, segundo párrafo, ambos de nuestra Constitución Federal, con dichas medidas se abona a la libertad de afiliación partidaria de los ciudadanos, impidiendo que intereses ajenos a su libre ideología sean quienes determinen en que instituto político militen, así como evitar que los partidos políticos como organizaciones de ciudadanos que son sean creados por organizaciones con intereses distintos a los de cada ciudadano en lo particular.

 

Se adiciona un párrafo a fin de que la autoridad electoral se ajuste estrictamente a lo que disponga la constitución y las leyes en su intervención en los asuntos internos de los partidos, dando cumplimiento a lo establecido en el inciso f), fracción IV del artículo 116, vinculado al artículo 41 fracción I, último párrafo, ambos de nuestra Constitución Federal, con dicha disposición se pretende respetar el ámbito interno de los partidos, sin que ello implique el que no puedan ser regulados al respecto, pero siempre respetando el principio de legalidad contenido en los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna, por parte de la autoridad electoral.

 

Se reforma el último párrafo para estimular la participación equitativa de los géneros en lo referente a candidatos por el principio de representación proporcional, con esta propuesta se pretende otorgar la mayor igualdad posible en los candidatos a elección popular por dicho principio, estableciendo para el caso de los Ayuntamientos que el porcentaje para cada uno de los géneros sea del 50%, salvo cuando se trate de un número impar, en cuyo caso será de hasta un 60% para un mismo género, con lo que el mensaje es claro y contundente en cuanto a participación equitativa de los géneros se refiere.

 

En cuanto a la reforma a la fracción II se establece que los Partidos accederán a la Radio y Televisión, conforme a las normas establecidas en el apartado B, de la base III del artículo 41 de la Constitución General de la República, con esta disposición se esta cumplimentando el mandato establecido en el inciso i), fracción IV del artículo 116, vinculado al artículo 41 base III ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con esta remisión a la Constitución General de la República, nos estamos sujetando al mandato Constitucional en cuanto al nuevo modelo de comunicación entre los partidos y la sociedad, tanto en periodos electorales como no electorales, siendo la más importante la prohibición total a los partidos políticos para adquirir, en cualquier modalidad, tiempo en radio y televisión por sí o por terceros, por lo que los partidos están facultados para acceder a dichos medios, solamente a través del tiempo de que el Estado dispone en ellos por concepto de los derechos e impuestos establecidos en las leyes, además de las normas para la asignación del tiempo de radio y televisión al Instituto Federal Electoral para que éste, en su nueva calidad de autoridad nacional única para tales fines, administre esos tiempos, tanto para sus propios fines, los de otras autoridades electorales, federal y locales, como para atender el derecho de los partidos políticos al uso de la radio y la televisión, que comprende la regulación de los procesos, precampañas y campañas electorales tanto federal como local. Y finalmente se establecen  disposiciones a fin de que durante los periodos de campañas electorales toda propaganda gubernamental, de los tres órdenes de gobierno, sea retirada de los medios de comunicación social, con las excepciones que señalará la propia norma constitucional.

 

En cuanto a la fracción III se establece que la Ley señalará reglas a que se sujetará el financiamiento público que de manera equitativa reciban los partidos políticos para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales, así como establecer un procedimiento para la liquidación de los partidos y el destino de sus bienes y remanentes, cuando los mismos pierdan su registro o soliciten su disolución, con ambas disposiciones, estamos dando cumplimiento al mandato establecido en el inciso g), fracción IV del artículo 116, vinculado al artículo 41 fracción II párrafo segundo, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con las referidas disposiciones por un lado se obliga a que se establezcan reglas claras en la aplicación del financiamiento público que reciben los partidos políticos, lo cual es correcto que así sea dado que son entidades de interés público, por otro lado, no estaba regulada anteriormente la hipótesis en que un partido político pierde su registro en todo lo relacionado con sus bienes, por lo que es de suma importancia que ya se obliga a fijar en la Ley  un procedimiento de liquidación de los bienes y remanentes de los partidos en ese supuesto, así como los casos en que podrán ser adjudicados al Estado. Se establecen bases para el otorgamiento de financiamiento público  a los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, adaptando el tope máximo que pueden tener las aportaciones pecuniarias de sus simpatizantes cuya suma total no deberá exceder al diez por ciento del tope de gastos de campaña que se determine para la elección de Gobernador, igualmente el establecer los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten; así como señalar las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento de las disposiciones que se expidan en estas materias tal y como lo establece el inciso h), fracción IV del artículo 116, vinculado al artículo 41 fracción II antepenúltimo párrafo ambos de nuestra Carta Magna.

 

De igual forma se propone la hipótesis sobre la coordinación entre los institutos electorales tanto federal como estatal en materia de fiscalización de los partidos políticos.

 

En lo que tiene que ver con la fracción IV, se establece el mandato constitucional de fijar reglas en cuanto los procesos internos y campañas electorales en donde en todo caso no deberán exceder de noventa días para la elección de Gobernador ni de sesenta días para Diputados locales o Ayuntamientos, y que en tanto para las precampañas estas no podrán durar más de las dos tercera partes de las respectivas campañas electorales; lo anterior en el entendido que la ley podrá disponer tiempos más cortos para tales efectos, pues la voluntad del constituyente federal es  en todo caso no exceder los límites antes establecidos.

 

 Así mismo se establece la prohibición expresa para que la propaganda política o electoral que difundan los partidos políticos contengan expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos políticos, o que calumnie a las personas debiendo sancionarse en los términos y por las autoridades que dispongan las leyes en la metería.

 

Por otro lado, en lo que tiene que ver con la fracción V y VI sobre la integración del Consejo General del Instituto Electoral del Estado y del Tribunal Electoral, para que estos sean designados por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado que se encuentren presentes en la sesión que para tal efecto se convoque; además se establece que el Secretario Ejecutivo deje de ser Consejero Electoral en consecuencia en quien recaiga dicha función sea una persona externa a los integrantes de dicho Consejo, pues al respecto cabe destacar que el Instituto Electoral del Estado de Colima es el único Instituto en todo el país cuyo Secretario Ejecutivo es Consejero Electoral.

 

En lo que respecta a las bases para la integración de los Ayuntamientos, se propone adicionar en el numeral 89, fracción V de la Constitución del Estado, el conteo de población para que de manera conjunta con el Censo General de Población ya establecido actualmente, sean fundamento para la determinación del número de regidores que conformarán los Cabildos en proporción  a la cantidad de ciudadanos que representan, considerando que ambas estadísticas manejan la cantidad de población de una circunscripción territorial y se lleva a cabo cada diez años, con la diferencia de que mientras el censo general de población es realizado en los años terminados en 0, el conteo de población que pretendemos incorporar se lleva a cabo en los años terminados en cinco, con esta adición en la práctica se permitirá mantener mejor actualizada la información sociodemografica básica, sobre el tamaño, la composición y la distribución territorial de la población existentes en el país, permitiendo identificar los cambios que el Estado experimenta en sus aspectos demográficos, tendientes a desarrollar un soporte técnico—estadístico, que se acerque aún más en cuanto a temporalidad se refiere a la realidad del momento del proceso electoral respectivo, sirviendo esto de apoyo para la toma de decisiones por parte de la autoridad administrativa electoral estatal, en cuanto a la cantidad de regidores que integrarán un Ayuntamiento.

 

Consideramos oportuno además reformar el articulo 93 de la Constitución particular del Estado de Colima, a efecto de dar mayor claridad a través de una mejor redacción en donde se especifique que el munícipe que se ausente o se separe de sus funciones en ningún caso lo haga sin autorización del cabildo respectivo.

 

Por último se pretende habilitar el artículo 133 de nuestra Constitución Local, con el fin de establecer que la aplicación de los recursos públicos  por parte de los servidores no debe ser utilizado para influir en la competencia entre los partidos políticos, ya que los tiempos de la democracia moderna, y las exigencias de la Sociedad imponen la necesidad de separación entre lo que es un Representante Popular o Servidor Público en ejercicio de sus funciones, del Partido Político mediante el cual accedió al cargo público, ya que si bien es cierto que llego a ejercer el respectivo Puesto Público por medio de un Partido Político, lo cierto es que cuando ya ejerce el cargo público, tiene la obligación de ejercerlo con imparcialidad en beneficio de todo el pueblo, y no con preferencias a un sector de la población identificado con el partido político mediante el cual accedió al cargo público, lo cual ha generado un justo reclamo ciudadano mayormente tratándose del manejo de recursos públicos y programas sociales que se obtienen mediante el pago que todos los contribuyentes hacen de sus impuestos, por lo mismo al administrarse estos recursos públicos, se debe de hacer con absoluta imparcialidad y ética que merece el ejercicio mismo de una función tan delicada como lo es la pública.

 

Otro justo reclamo que se ha venido dando muy íntimamente relacionado al anterior, lo es la promoción personalizada que los Servidores Públicos hacen muchas de las veces para promover su imagen con fines políticos, haciendo dicha promoción en su beneficio con recursos de los poderes e instituciones públicos, y por ende incurriendo en una competencia desleal en relación con los integrantes de partidos políticos que no integran órganos de Gobierno.  

 

Por todo ello, consideramos importante y oportuno reformar los artículos 86 Bis, 89, 93 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en las que se plasma el sentir ciudadano en lo que respecta a la materia electoral.

 

Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos del 90 al 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y del 133 al 138 de su Reglamento, se propone a esta Honorable Asamblea para su aprobación el siguiente:

 

DICTAMEN:

 

“ARTÍCULO UNICO.- Se reforma el artículos 86 Bis; se reforma la fracción V, del artículo 89; se reforma el artículo 93 y por último se reforma el artículo 133 todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, para quedar como siguen:

 

Artículo 86 BIS.- La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, así como los Ayuntamientos, se realizarán mediante elecciones libres, auténticas y periódicas las cuales deberán celebrarse ordinariamente el primer domingo de julio del año que corresponda, conforme a las siguientes bases:

 

I.          Los partidos políticos son entidades de interés público; en el Estado la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatal, distritales y municipales, previa inscripción de la constancia de su registro ante el Instituto Electoral del Estado.

 

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación estatal y municipal y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. En el Estado gozarán de las mismas prerrogativas que les confiere la Constitución General de la República. Asimismo tendrán el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2º, apartado A, fracciones III y VII de la Constitución General de la República.  

 

Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

 

Las autoridades electorales solo podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos en los términos que señalen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes.

 

Los partidos políticos con el fin de estimular la participación equitativa, registrarán hasta el setenta por ciento de candidatos de un mismo género a cargos de diputados por el principio de mayoría relativa, así mismo hasta 3 candidatos de un mismo género para diputados por el principio de representación proporcional, quienes se ubicarán de manera alternada en la lista; en el caso de los Ayuntamientos cuyo número total de síndicos y regidores sea par, el porcentaje para cada uno de los géneros será del 50% y cuando se trate de un número impar, será hasta un 60% para un mismo género.

 

Para el caso del párrafo anterior se exceptúa el porcentaje previsto cuando se trate de una elección interna que realicen los partidos políticos para la designación de candidatos por el principio de mayoría relativa. 

 

II.         Los partidos políticos accederán a la radio y televisión, conforme a las normas establecidas por el apartado B de la base III del artículo 41 de la Constitución General de la República. En los procesos electorales estatal, distritales y municipales, los partidos políticos deberán contar, en forma equitativa, con un mínimo de elementos para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio popular.

 

III.        La ley señalará las reglas a que se sujetará  el financiamiento público que de manera equitativa reciban los partidos políticos para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales, debiendo garantizar en todo momento que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado. Del mismo modo, habrá de establecerse un procedimiento para la liquidación de los partidos y el destino de sus bienes y remanentes, cuando los mismos hayan perdido su registro o soliciten su disolución.

 

El financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se otorgará conforme a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

 

            a)        El financiamiento público se fijará anualmente y será el resultado de multiplicar el número de ciudadanos que figuren en el último corte del mes de abril de año de la elección de la lista nominal de electores de la Entidad, por el 50% del salario mínimo diario vigente en esa fecha en la capital del Estado.

 

            b)        Asimismo, se reintegrará un porcentaje de los gastos anuales que eroguen los partidos políticos por concepto de las actividades relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales.

 

c)         La ley fijará los criterios para determinar los límites a las erogaciones de los partidos políticos en sus procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección, así como en sus campañas electorales; establecerá los montos máximos que tendrán las aportaciones pecuniarias de sus simpatizantes cuya suma total no excederá el diez por ciento del tope de gastos de campaña que se determine para la elección de gobernador,  los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten; asimismo, señalará las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento a las disposiciones que se expidan en estas materias.

 

Asimismo, la ley establecerá bases obligatorias para la coordinación entre el Instituto Federal Electoral y la autoridad administrativa electoral local en materia de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, en los términos establecidos en los dos últimos párrafos de la base V del artículo 41 de la Constitución General de la República.

 

IV.-      De igual forma la ley reglamentaria deberá fijar las reglas para los procesos internos y las campañas electorales de los partidos políticos, así como las sanciones para quienes las infrinjan. En todo caso, la duración de las campañas no deberá exceder de noventa días para la elección de gobernador, ni de sesenta días cuando sólo se elijan diputados locales o ayuntamientos; las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales.

 

En la propaganda política o electoral que difundan los partidos políticos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.

 

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto del poder estatal como de los municipios y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

 

Las infracciones a lo dispuesto en los párrafos anteriores de ésta fracción serán sancionadas en los términos y por las autoridades que señalen la ley en la materia.

V.        La organización de las elecciones locales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público de carácter permanente denominado Instituto Electoral del Estado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. La certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, serán principios rectores en el ejercicio de dicha función.

 

El Instituto Electoral del Estado será autoridad en la materia, profesional en su desempeño, autónomo e independiente en sus decisiones y funcionamiento. Contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.

 

a)           El Consejo General será su órgano superior de dirección y se integrará por siete Consejeros Electorales propietarios y tres suplentes, designados por el Congreso del Estado, por las dos terceras partes de los diputados presentes, a propuesta de los grupos parlamentarios. Durarán en su encargo siete años y sus requisitos y mecanismos de elección serán determinados en la ley de la materia. Uno de los Consejeros será Presidente, electo por un mínimo de cinco votos de los Consejeros. Tendrá un Secretario Ejecutivo, que no deberá ser consejero y será electo por cinco votos de los Consejeros, a propuesta en terna de su Presidente. Ambos funcionarios durarán en su cargo 4 años pudiendo ser reelectos para completar el resto del período.

 

           Los Consejeros Electorales y el Secretario Ejecutivo estarán sujetos al régimen de responsabilidades establecido en el Título XI de esta Constitución.

 

           En caso de que no se reúna en la segunda vuelta la mayoría calificada a que se refiere el párrafo anterior, los funcionarios electorales serán electos por el sistema de insaculación.

 

     Los Consejeros Electorales no podrán:

           

                          1)   Tener ningún otro empleo público durante el desempeño de su función;

                  

                          2)    Ser candidatos a cargos de elección popular durante los tres años posteriores a la conclusión o separación de su cargo; y

 

                 3)   Ocupar un cargo en el Poder Ejecutivo, Legislativo y de los    ayuntamientos en cuya elección directa hubiesen participado, hasta pasado un año de la conclusión o separación de su cargo.

 

En el Consejo General y los Consejos Municipales participarán un representante acreditado por cada partido político, quienes solo tendrán derecho a voz.

 

b)           El órgano ejecutivo dispondrá del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral. Los servidores del Instituto regirán sus relaciones de trabajo por las disposiciones de la Ley Electoral y por el Estatuto que apruebe el Congreso del Estado, cuyos derechos y obligaciones no podrán ser menores a los preceptuados por el artículo 123 Apartado B de la Constitución Federal. Los órganos de vigilancia se integrarán mayoritariamente por representantes de los partidos políticos. Las mesas directivas de casillas estarán integradas por ciudadanos.

 

El Instituto Electoral del Estado agrupará para su desempeño, en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas al padrón y lista de electores, geografía electoral, observación electoral, derechos y prerrogativas de las agrupaciones y partidos políticos, preparación de la jornada electoral, la regulación de encuestas o sondeos de opinión con fines electorales, cómputos, declaración de validez y otorgamiento de constancias, capacitación electoral, educación cívica e impresión de materiales electorales. Las sesiones de todos los órganos colegiados electorales serán públicas, en los términos que disponga la ley.

 

El Instituto Electoral del Estado vigilará, fiscalizará y sancionará los procesos internos de los partidos políticos para la selección de sus candidatos a cargos de elección, en la forma y términos que establezca la Ley.

 

El Instituto Electoral del Estado realizará el cómputo de cada elección; otorgará constancias de mayoría a los candidatos que hubieren obtenido el triunfo; declarará la validez de las elecciones de diputados de mayoría relativa y Ayuntamientos; y hará la declaratoria de validez y la asignación de diputados y regidores según el principio de representación proporcional.

 

El Instituto Electoral del Estado tendrá a su cargo, además, la realización del plebiscito y referéndum, en los términos de la Ley respectiva. Asimismo y de conformidad con lo establecido en la Constitución General de la República, podrá convenir con el Instituto Federal Electoral se haga cargo de la organización de los procesos electorales locales.

 

VI.       Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación de los que conocerán, según la competencia, el Instituto Electoral del Estado y el Tribunal Electoral del Estado, en los términos que señale la Ley.

 

Igualmente deberá señalarse en la ley respectiva, los supuestos y las reglas para la realización, en los ámbitos administrativo y jurisdiccional, de recuentos totales o parciales de votación, así como fijarse las causales de nulidad de las elecciones de gobernador, diputados locales y ayuntamientos, así como los plazos convenientes para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales. Del mismo modo se tipificarán los delitos y determinarán las faltas en materia electoral, así como las sanciones que por ellos deban imponerse.

 

En materia electoral la interposición de los medios de impugnación no producirá, en ningún caso, efectos suspensivos sobre el acto o la resolución impugnados.

 

Los cómputos efectuados por los órganos electorales, las determinaciones sobre la declaración de validez, el otorgamiento de las constancias y la asignación de diputados o regidores podrán ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Estado, en los términos que señale la ley.

 

VII.      El Tribunal Electoral del Estado será órgano autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, de pleno derecho y máxima autoridad jurisdiccional electoral. Funcionará en pleno y sus sesiones de resolución serán públicas. Se organizará en los términos que señale la ley; regirá sus relaciones de trabajo conforme al Estatuto que apruebe el Congreso del Estado, en el que se establecerá que los derechos y obligaciones de sus trabajadores no podrán ser menores a los preceptuados por el artículo 123 Apartado B de la Constitución Federal, y los mecanismos de vigilancia y disciplina se establecerán en la ley electoral. Sus magistrados responderán solo al mandato de la ley; deberán satisfacer los requisitos establecidos en la legislación electoral, que no podrán ser menores de los que señala esta Constitución para ser Magistrado del Poder Judicial. Serán electos por el Congreso del Estado, por las dos terceras partes de los diputados presentes, a propuesta del Supremo Tribunal de Justicia de conformidad con la ley de la materia. El Tribunal al igual que la autoridad administrativa electoral, tendrá como principios rectores los de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad.

 

El Tribunal Electoral del Estado tendrá competencia para:

 

            a)         Realizar el cómputo final de la elección de Gobernador del Estado, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Gobernador Electo respecto del candidato que hubiere obtenido el mayor número de votos;

 

            b)         Substanciar y resolver en forma firme y definitiva, en los términos de esta Constitución y el Código o Ley respectiva, las impugnaciones que se susciten en materia electoral,  realizando en su caso los cómputos finales de las elecciones que correspondan, así como las impugnaciones relacionadas con el referéndum o plebiscito;

 

            c)         Dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal, el Instituto Electoral del Estado y sus servidores;

 

            d)         Determinar e imponer sanciones en la materia;

 

            e)         Expedir su reglamento interior; y

 

            f)          Realizar las demás atribuciones que le confiera la ley.

 

Las resoluciones del Tribunal Electoral del Estado serán definitivas y sólo podrán ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los términos establecidos por el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Todo acto u omisión que atente contra la legalidad de los procesos democráticos de plebiscito y de referéndum serán causa de responsabilidad. Las leyes respectivas determinarán las sanciones correspondientes.

 

Artículo 89.- Los ayuntamientos se integrarán de acuerdo con las normas que establezca la ley de la materia, de conformidad  con las bases siguientes:

 

I. a la  IV. .  . . . .

 

V.- La determinación del número de regidores será de conformidad con el último censo o conteo de población; emitido por la instancia competente, y

 

VI. . . . . . 

 

Artículo 93.- Las renuncias y licencias de los munícipes, se admitirán y concederán por los respectivos Cabildos, por lo que ningún munícipe podrá ausentarse o separarse del cargo, sin autorización previa del cabildo.

 

Artículo 133.- Los servidores públicos del Estado y los municipios, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

 

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

 

La ley, garantizará el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar.

 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en le Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

 

SEGUNDO.- Lo previsto por el inciso a), de la fracción V, del artículo 86 BIS, del presente Decreto, en cuanto a la designación del Secretario Ejecutivo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, será aplicable cuando tenga que renovarse el actual Consejo General por el Congreso del Estado.

 

La Comisión que suscribe solicita que de ser aprobado el presente dictamen, se de tramite a lo señalado por el artículo 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. Atentamente. Sufragio Efectivo. No Reelección. Colima, Col., a  19 de agosto de 2008. La Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales. Firmando Dip. Presidente Roberto Chapula de la Mora, sin firma Humberto Cabrera Dueñas y con firma Arturo García Arias Diputado Secretario. Es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Se pone a la consideración de la Asamblea el dictamen que nos ocupa. Tiene la palabra el Diputado que desee hacerlo. Tiene la palabra el Diputado Enrique Michel Ruiz.

 

DIP. MICHEL RUIZ. Con el permiso de la Mesa Directiva: Compañeras y compañeros Legisladores:  Las Leyes Electorales, para que sean útiles, deben establecer reglas que se encuentran destinadas a garantizar la pluralidad política de la sociedad y servir de medio para la integración democrática de los órganos del Estado. Las reglas electorales están dirigidas a controlar el juego democrático y, por tanto, deben garantizar condiciones que aseguren procesos electorales equitativos y transparentes que respeten los principios consagrados en la Constitución Federal. Las leyes electorales deben ser necesariamente "leyes de consenso" o, al menos, ser producto del más amplio consenso político y social posible, por tratarse precisamente de las reglas que regularán la competencia entre actores políticos diversos. Por tanto, conviene que dichas reglas sean producto de una amplia consulta con la sociedad y de un esfuerzo de construcción entre todos los partidos, en donde se vean reflejados los puntos de vista de ciudadanos y de organizaciones políticas de diversa índole e ideología. El Partido Acción Nacional compareció al único Foro de Consulta que se realizó en la sede del Congreso del Estado el día 17 de julio pasado y en donde se recibieron muy pocas propuestas sobre la Reforma Electoral que fue convocada por la Comisión Especial del Congreso creada para estos efectos. Tal vez falto tiempo y difusión. O tal vez interés para abrir más canales de participación. Al día siguiente, es decir el 18 de Julio, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional formalizó una Iniciativa de Reforma a la Constitución del Estado en Materia Electoral, en la que se destacan los siguientes puntos: 1.- Establecer en la Constitución L ocal nuevas bases para la asignación de diputados locales por el principio de representación proporcional. Proponiéndose una formula de proporcionalidad pura que haga posible que cada partido alcance por esta vía una representación similar al porcentaje de su votación efectiva. Formula que ya reconoce el COFIPE. 2.- Establecer en la Constitución, tal como lo hace el COFIPE, que en materia de coaliciones, independientemente del tipo de elección, convenio y términos que en el mismo adopten los partidos coaligados, cada uno de ellos aparezca con su propio emblema en la boleta electoral, según la elección de que se trate; que los votos se sumen para el candidato de la coalición, pero que cuenten individualmente para cada uno de los partidos coaligados para efectos de la conservación del registro y asignación de diputados de representación proporcional. 3.- Establecer, siguiendo el modelo adoptado a nivel nacional para la renovación del IFE, una nueva forma para la integración del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, a fin de renovarlo escalonadamente. Proponiéndose que a través de una convocatoria pública y mediante una consulta a la sociedad se proceda al nombramiento de tres nuevos consejeros electorales. 4.- Establecer que los actos y resoluciones emitidos por los partidos políticos que violen los derechos político electorales de los ciudadanos que se encuentran afiliados a ellos, sean impugnables solamente ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Esto con el fin de evitar que pudieran establecerse instancias locales adicionales, ya sea ante el Instituto Electoral del Estado o ante el Tribunal Electoral, lo cual alargaría innecesariamente los procesos y anularía el principio constitucional de expedites en la impartición de la justicia. De estas propuestas y de otras más, no se ocupa el  Dictamen que hoy se analiza. En ese sentido nuestra iniciativa solo es citada en el Dictamen de manera meramente nominal como un simple formulismo. Es claro que el Dictamen que se presenta ignora las propuestas presentadas por nuestro Grupo Parlamentario y por consecuencia nuestras propuestas son rechazas en los hechos de manera total. En razón de ello y ante la ausencia de responsabilidad para incorporar y discutir seriamente nuestras ideas, y dado que es evidente la falta de consenso en esta materia, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional se pronuncia en contra del dictamen que se presenta. Con suficiente anticipación desde el Partido Acción Nacional, nos pronunciamos por una Reforma Electoral incluyente, seria, integral, que sirviera para garantizar un marco jurídico que garantice procesos electorales más libres, más equitativos y más transparentes, en donde los principales protagonistas sean los ciudadanos y no solamente los partidos políticos como sucede hasta ahora. No hemos visto voluntad para construir acuerdos en esta materia que es fundamental para el desarrollo democrático de nuestra entidad y en congruencia con nuestra responsabilidad histórica, no podemos aprobar cualquier tipo de reforma, menos una de carácter electoral, en donde dicho sea de paso no fue escuchada suficientemente la sociedad civil. En ese sentido nuestro voto será en contra del dictamen que se analiza, haciendo votos para que en el futuro inmediato no perdamos más tiempo en la oportunidad de construir los necesarios consensos. Debemos recordar que en esta materia no se puede, ni se debe legislar de otra manera: sin consenso.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Tiene la palabra la compañera Brenda.

 

DIP. GUTIÉRREZ VEGA. Con el permiso de la Presidencia. Además de expresado por mi compañero y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Quincuagésima Quinta Legislatura, quisiera hacer algunas acotaciones con respecto a este dictamen que en este momento nos ocupa. Es verdad que en la democracia México resulta demasiado costosa, en términos financieros, al encontrarse en este caso, involucrado el tema económico, por lo tanto, los procesos electorales, en muchas de las ocasiones se convierten en un espacio propicio para que la corrupción se haga presente. Por ello, con la finalidad de que las etapas alrededor de las jornada cívica, no se convierta en una oportunidad para el gasto excesivo de los recursos públicos, recursos que finalmente son del pueblo, y que pueden devenir en contra de la equidad, de la transparencia de cada proceso, así como de acciones fuera de legalidad, el Partido Acción Nacional, propuso que en el dictamen que hoy nos ocupa, se regulara aún más y mejor el tema del financiamiento, que se redujeran gastos, se regularan precampañas para que la equidad y el ejercicio irracional del gasto y transparencia, fueran  los que acompañan el proceso electoral desde cada inicio de la etapa, de cada etapa electoral. Por lo tanto, observo que se requiere entonces en este dictamen facultar más al Instituto Electoral del Estado, y por lo tanto, que al igual que la legislación federal, se vaya de forma escalonada, se vayan de forma escalonada, cada uno de los Concejeros que integran el Instituto Electoral del Estado, así como los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Colima, situación esta que no viene en el dictamen que hoy nos ocupa, mucho menos se instaura una transparencia en los partidos políticos que como actores de la democracia deben participar en la obligación de rendir cuentas, con la obligación de informar sobre la radicación  de los recursos que reciben. Aún más, garantizar la confidencialidad de cada uno de los datos personales de cada miembro para un partido político. Por otro lado, en el dictamen, no se contempla un órgano de fiscalización autónomo e independiente, que regule y revise los recursos públicos, que recibe el Instituto Electoral del Estado, y además, las reformas a los artículos 86 Bis, fracción V, 89, 93 y 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, no contienen avances significativos en el rubro de cuotas de género, si no que simplemente se apegan a lo ya establecido a nivel federal. En lo que se observa a la propuesta, fija criterios amplios y facultades amplias también para que al final sea como siempre la mayoría de esta Asamblea Legislativa la que refina las reglas del juego electoral y eso, es una decisión parcial, injusta e inequitativa, además que este dictamen deja abierto las causales de nulidad en las elecciones para que sea la Ley secundaria quien las regule y no ya la propia Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. Por lo que al final remitirá la Ley y si hay intervención de un servidor público como es el caso de un gobernador, no será la Constitución local, sino ya la ley secundaria quien regule esta facultad. Al igual que la separación de los munícipes, no se especifica si será la mayoría simple o la calificada la que autorice. Por otro lado, se observa un retroceso en la trayectoria del derecho electoral, en donde su aplicación debe de ser pronta y expedita, y lo que el dictamen solamente presenta no es más que una burocracia y alargamiento y un retardo del propio procedimiento en materia electoral,. Por lo que al final habrá 4 instancias a las que podrá acudir un afectado en sus derechos políticos electorales, como es el caso del órgano propio interno del partido, después al Instituto Electoral del Estado. Después a un Tribunal Electoral del Estado y por supuesto acudir a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, situación esta, pues que viene  aletargar más el proceso electoral, además no contempla la reducción de Diputados, ni mucho menos la redistritación y ni tampoco agiliza ni tampoco destraba la formula de asignación de los Diputados plurinominales, por esto y por otros muchísimos aspectos más, considero, en lo personal, así como el Diputado que me antecedió y coordinador del grupo parlamentario que no votaremos a favor, no votaremos a favor de este dictamen que nos ocupa, por los anteriores argumentos, sino al contrario, exigimos y pedimos que las propuestas originales del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional que es la iniciativa que fue presentada para la reforma electoral, sean retomadas y recuperadas en el dictamen que hoy nos ocupa, así como las bases que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en la pasada reforma electoral que a nivel federal se aprobó, siendo así entonces, no vamos con el dictamen, no aprobaremos una propuesta injusta, inequitativa e inviable, en el juego electoral, no están las condiciones propicias y justas para ir con una reforma equitativa que promueva los valores de la democracia, necesitamos entrar en un intenso proceso de cambio y transformación democrática y con este dictamen, en nada se contribuye a la formación de un estado democrático. En Colima, en Colima se requieren condiciones necesarias para que cada persona y cada partido político, participe en un clima libre y de respeto en el ejercicio democrático. Por lo tanto este dictamen no garantiza la renovación pacifica y equitativa del Poder Ejecutivo, y Legislativo del Estado así como de los Ayuntamientos, para el próximo proceso electoral. Ojalá que la comisión dictaminadora analice y revise nuevamente este dictamen y se retomen las propuestas hechas con el grupo parlamentario del PAN. Es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Diputada Brenda. Tiene la palabra la Diputada Aurora Espíndola Escareño.

 

DIP. ESPÍNDOLA ESCAREÑO. Con su permiso Diputado Presidente. Compañeras y compañeros Diputados. Honorable Asamblea. Una vez más, como en otras ocasiones y por la ausencia de comunicación y de la postergación en la que nos quiere tener nuestro Coordinador, me veo en la difícil y penosa situación de votar en contra de un dictamen que hasta ahorita, estoy recibiendo y por lo mismo no lo conozco y es el que presenta el compañero Arturo García Arias y que según su dicho fue estudiado y analizado en el seno de las comisiones. Pues en los hechos, es hasta en este momento que me estoy enterando de la intención de reformar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, con la finalidad de cambiar y adicionar diversas disposiciones de la misma, así, sin ningún análisis objetivo que nos lleve a la conclusión de que en verdad se hizo un estudio realmente a conciencia en el que se hubieran tomado en cuenta las opiniones de los ciudadanos, a través de los distintos foros que las diferentes comisiones llevaron a cabo. Un grupo pretende reformar a los colimenses la ley fundamental que da vida y sustento a los habitantes de esta hermosa provincia mexicana, que es el Estado Libre y Soberano de Colima. Las reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, jamás deberán tener dedicatoria, los Diputados, debemos aprobar disposiciones de orden general, pues la mala fe, siempre tendrá efectos de rebote. Las mencionadas reformas requieren del tiempo suficiente para un análisis sereno y objetivo, este más bien parece un arrebato irresponsable que pretende únicamente justificar algunas vacaciones de algunos integrantes de las comisiones, más bien, por este comportamiento dispendioso de algunos, el pueblo nos pasa a todos por igual y exige con razón que se gaste menos en los representantes populares. Ese más bien pareciera ser el tema que más importa a la ciudadanía y al que estamos rehuyendo y venimos proponiendo solo cafiaspirinas y maldades con dedicatorias para ciertos competidores, insisto, aquí sigue faltando oficio político. Por otra parte, debemos aceptar que en la conformación de las legislaturas venideras, dos temas muy objetivos tendrán que necesariamente abordarse. Ambos, muy importantes y que sin duda alguna estarán en boga y en el ánimo expectante de los colimenses el primero es el económico y el segundo es la redistritación que de conformidad con el número de habitantes de la entidad, se tendrá que hacer irremediablemente porque sería lo más equitativo y se tendrá el clamor popular, ya que la gente eso exige. Esas son las reformas que el pueblo espera y no otras. Quiero finalmente manifestarles que mis comentarios no tienen otro fin que no sea el de dar mi punto de vista sereno y objetivo del asunto, sin dirección o alusión personal o partidaria o en contra de alguien, simplemente lo hago con fundamento en los principios y valores de mi partido el Partido Revolucionario Institucional, y los que así no lo entiendan y por lo mismo se han apartado del pueblo, los invito a leer los documentos básicos, yo siempre estaré lo más que pueda apegada a la verdad y a la legalidad. Por lo que mi voto será en contra de la iniciativa por los breves razonamientos antes expresados. Es cuanto Diputado Presidente.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Muchas gracias Diputada Aurora. Tiene la palabra el Diputado Adolfo Núñez González.

 

DIP. NÚÑEZ GONZÁLEZ.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Gracias Diputado Adolfo. Tiene la palabra el Diputado Roberto Chapula de la Mora.

 

DIP. CHAPULA DE LA MORA. Con su permiso Diputado Presidente. El tema de la reforma electoral, ha sido motivo de participación de muchos sectores de la sociedad colimense. Creamos la Comisión especial para poder escuchar planteamientos de dirigentes partidistas, de algunas personas o actores políticos de nuestra sociedad, así se hizo. Participa el dirigente del ADC, de la Asociación Democrática Colimense, partido político local, y planteaba la necesidad de reducir los Diputados, a 15, pero planteaba la viabilidad de crear un senado estatal, consideramos que era inviable, lo expresamos públicamente y establecimos y dimos argumentos sobre el particular. Se habla de la equidad y género, se habla de reducción distrital o de redistritación, y vienen planteamientos, se escucharon las voces, se escucharon los planteamientos y se hace el análisis correspondiente. Siempre se busca el consenso, para lograr las unanimidades, cuando no hay consenso o no hay unanimidades, se toman decisiones mayoritarias, que también son democráticas y tiene sustento y legitimidad política y legal. En este caso particular para una reforma constitucional se requiere la mayoría calificada, las dos terceras partes, predomine fundamental en el congreso para lograrlos son las fracciones mayoritarias del Partido Revolucionario Institucional en el que milito y el Partido Acción Nacional, para poder constituir y tomar la decisión. Cuando nos toca a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales analizar todos y cada uno de los planteamientos, los vimos con mucha responsabilidad y a profundidad, todavía ayer dialogábamos con el Coordinador de la fracción parlamentaria en un plan respetuoso en donde se vinieron las consultas a los dirigentes de su partido político y a los miembros de su fracción parlamentaria y hubo tres puntos principales y hay que decirlo, en que había discrepancia. Uno, era la reforma al artículo 22 de la Constitución particular, en cuanto a la reducción de Diputados, que quedará en 21 los Diputados que integraran esta Legislatura local, no hubo acuerdo, no lo establecimos en el dictamen respectivo que estamos discutiendo, quedaban dos puntos fundamentales a discutir, un era la integración en el Instituto Electoral del Estado en cuanto al Secretario Ejecutivo, que no fuera consejero electoral, básicamente por la jerarquía del Presidente sobre el Secretario, hubo acuerdo, porque fue consultado ampliamente, analizamos los pros y las contras y las consecuencias jurídicas y políticas y el punto fundamental del problema, era en cuanto a la justicia electoral, concretamente en cuanto a los derechos políticos partidarios, en el caso de algún militante de algún partido político que le suspendan sus derechos tiene que acudir primero ante la instancia partidista, a la justicia interna del partido, posteriormente si no hay conformidad con la resolución que afecte al interés, el Instituto Electoral del Estado si la resolución es inversa a los intereses, se va al Tribunal Electoral del Estado y si la resolución es adversa, acudiría en última instancia al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Las instituciones han funcionado y han permitido la transición pacifica del ejercicio del poder en las responsabilidades públicas, lo hemos vivido, el pueblo de Colima es testigo y nosotros también como actores, ¿cual era el argumento principal? Y hay que decirlo porque fue el tema central, de que ese asunto, que una vez que resolvió el Tribunal Electoral, que no se pudiera, no resolvería en el Instituto, ni en el Tribunal del Estado y se fuera la impugnación directamente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ese es el meollo del problema. Creo yo que tenemos instituciones y deben estar funcionando, si hemos luchado por un federalismo electoral, para que sean los tribunales locales, las instituciones locales para que le den vida a nuestro sistema democrático, y si lo hacen al negar la participación, la intervención que legalmente le corresponde al Instituto Electoral del Estado, por eso lo estamos plasmando en el ordenamiento jurídico porque es una institución local, no tendría caso que existiera, y aquí no es negar que la justicia no sea rápida y expedita, eso sería en otras materias, pero en materia electoral y además sustentado en la Constitución en el artículo 17 en la que habla de lo expedito de la ley, no se contrapone con el tipo de asunto que son. Creo yo que ese ha sido el meollo. Podemos hablar de la democracia, que es escandalosa y es cara para la sociedad, hablar de la redistritación o de la reducción del Instituto Electoral del Estado, que requieren sustento y un estudio profundo sobre habitantes, y sobre lugares y la distribución geográfica, bueno, el meollo del problema es ese y a nosotros como integrante de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, no nos queda más que presentar el dictamen correspondiente en los términos planteados para que se discuta, no estamos haciendo una negación de la democracia, se presentan las iniciativas, se analizan, se discute, se busca el consenso correspondiente como lo hicimos, y le consta a los coordinadores de mi partido del PRI, coordinador del Partido Acción Nacional al del verde ecologista, al Diputado y no existió el consenso en ese punto fundamental, exclusivamente, en lo demás hubo consenso y estamos de acuerdo, y máxime que tenemos la obligación de que las reformas constitucionales en materia electoral, puedan dársele cumplimiento y establecerse en la Constitución particular del estado por eso se hablar claramente sobre eso. Y estas circunstancias no es que beneficie a algún partido político, a ninguno absolutamente beneficia. Todos los actores políticos que tenemos militancia partidista, estamos expuestos a que violemos estatutos y podamos ser motivos de sanción y acudir a la instancia legal, para defender nuestros derechos y si en el partido político no le es favorable, si el Instituto Electoral del Estado, tampoco lo hace, si el Tribunal Electoral del Estado, acudimos a la instancia federal y está contemplado en el ordenamiento legal. Por eso, en este dictamen, la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional lo votará a favor, independientemente del resultado que haya de las posiciones de los demás integrantes de los partidos políticos aquí representados. Es cuanto Diputado.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Gracias Diputado Chapula. Solicito a la Secretaría recabe la votación nominal del dictamen que nos ocupa.

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por indicaciones del Presidente, procederemos a llevar a cabo la votación. Por la afirmativa.

 

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ  VEGA. Por la negativa.

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. ¿Falta algún Diputado por votar?........ ¿Falta algún Diputado por votar?..  Procederemos a votar los de la Mesa Directiva. Chapula. A favor.

 

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ VEGA.  Brenda Gutiérrez. En contra.

 

DIP. PTE. FERMIN SANTANA. Fermín. A favor.

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Le Informo Diputado Presidente que se emitieron 14 votos  a favor del dictamen correspondiente.

 

DIP. SRIA. GUTIÉRREZ VEGA. Le Informo a usted también Diputado Presidente que fueron 10 votos en contra del dictamen que nos ocupa.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA Se ordena su archivo por no haber alcanzado los votos reglamentarios. En el siguiente punto del orden del día y tomando en cuenta que las Minutas Proyecto de Decretos aprobadas en sesiones públicas ordinarias celebradas el día 24 de junio y 14 de julio del presente año, con las que se reforman los artículos 37 fracción V, 96 y 74 fracción XII y XIV de la Constitución L ocal, en cumplimiento de lo que establece el artículo 130 de la Constitución Local, fueron remitidas por este Congreso, junto con los antecedentes y debates a los 10 Ayuntamientos de la entidad, que conjuntamente con esta Soberanía, forman el Constituyente Permanente, a fin de que emitieran su aprobación o reprobación de las mismas, las que fueron recibidas por los 10 Ayuntamientos, los días 30 de junio y 18 de julio del presente año, recibiendo en este caso, respuesta aprobatoria únicamente del Ayuntamiento Constitucional de Comala, mediante oficio FM/193/2008, fechado el 4 de agosto de 2008, la relativa a la Minuta de Proyecto de Decreto que reforma la fracción V del artículo 37 y reforma el artículo 96 de la Constitución Local y del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, mediante oficio número 02-f-271/2008, de fecha 14 de agosto del año actual, y relativo a la Minuta Proyecto de Decreto que reforma las fracciones XII y XIV del artículo 74 de la misma Constitución. En virtud de lo cual, con fundamento en la fracción III del artículo 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y dado que solamente dos de los 10 municipios del estado dieron respuesta en tiempo y forma a cada una de las Minutas que se mencionan, sin que el resto de ellos emitieran respuesta alguna y dado que la fracción III del artículo 130 de la Constitución L ocal, señala que: “la aprobación o reprobación de parte de los Ayuntamientos será presentada dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se reciban el proyecto de Ley, y si transcurriere ese tiempo, sin que los Ayuntamientos remitan al Congreso el resultando de la votación, se entenderán que aceptan las adiciones y reformas, y al no haber respuesta en tiempo y forma de la mayoría de los Ayuntamientos, se entiende que se aceptan dichas reformas. Dándose en este caso, la Afirmativa Ficta que es una condición normativa en el cual, para lo cual si la autoridad municipal no contesta en el plazo legal establecido en la Constitución L ocal, se entenderá que la respuesta es en el sentido positivo, por lo que, por lo antes expuesto y fundado, declaro que las reformas a la fracción V del artículo 37, 96 y 74 en sus fracciones XII y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, forman parte del texto de la misma Constitución, para lo cual instruyo a la Secretaría se expida el Decreto correspondiente, el que deberá ser publicado en El Periódico Oficial El Estado de Colima. Antes de clausurar la presente sesión se declara un receso para………………….. Continuamos. En virtud de lo rápido de nuestro documento, el acta, solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente del acta,…. Ha, perdón, perdón. Solicito a la Secretaría, orden, orden. Solicito a la Secretaría de lectura al acta de la presente sesión.

 

DIP. SRIA. GUTIERREZ VEGA. Por instrucciones de la Presidencia, doy lectura al acta de esta presente sesión extraordinaria número dos.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Esta a la consideración de la Asamblea el acta que acaba de ser leída. Tiene la palabra el Diputado o Diputada que desee hacerlo. Solicito a la Secretaría……..

 

DIP. GUTIÉRREZ VEGA. Yo, yo, yo, si, quisiera hacer nada más aquí en la Secretaría, en el punto primero del orden del día, nombró lista su servidora, no el Diputado Roberto Chapula de la Mora y viene aquí al contrario y también en cuanto al dictamen, al último dictamen de reforma electoral, el documento no se declaró aprobado, dice aquí “declarándose aprobado el documentos por 14 votos”, más bien se dice, el documento se obtuvieron 14 votos a favor y 10 en contra, ordenándose su archivo por no haber….. aja.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Solicito a la Secretaría lleve a cabo la modificación, de acuerdo al Diario de los Debates. Esta a a la consideración. ¿Alguien más?. Solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente del acta que acaba de ser leída.

 

DIP. SRIO. CHAPULA DE LA MORA. Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a las señoras y señores Diputados, si se aprueba el acta que acaba de ser leída, favor de hacerlo en la forma acostumbrada. Le informo Diputado Presidente que fue aprobado por unanimidad.

 

DIP. PDTE. FERMIN SANTANA. Con el resultado de la votación antes señalada, se declara aprobada el acta que acaba de ser leída. Antes de finalizar, nada más quiero recordarles a los compañeros Diputados de la Comisión Permanente, que a las 6, tendremos, bueno, en un rato más nos volveremos a reunir. Finalmente agotados los puntos del orden del día ruego a los presentes ponerse de píe para proceder a la clausura de la presente sesión. Siendo las dieciséis horas con cuarenta y dos minutos del día diecinueve de agosto de dos mil ocho, declaro clausurada esta segunda sesión extraordinaria correspondiente al Segundo Período de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional. Muchas gracias por su asistencia.