SESION PUBLICA ORDINARIA NUMERO CINCO, CELEBRADA POR LOS INTEGRANTES DE LA QUINCUAGESIMA QUINTA LEGISLATURA ESTATAL, EL DIA 29 DE OCTUBRE DE 2008, FUNGIENDO EN LA PRESIDENCIA EL DIPUTADO FLAVIO CASTILLO PALOMINO Y EN LA SECRETARIA LOS DIPUTADOS J. FRANCISCO ANZAR HERRERA Y GONZALO MEDINA RIOS.
DIP. PTE. CASTILLO PALOMINO. Solicito a la Secretaría de lectura al orden del día que se propone para la misma.
DIP. SRIO. ANZAR HERRERA. Muy buenos días Diputado Presidente, por instrucciones suyas doy a conocer el orden del día para esta sesión, I.- Lista de presentes; II.- Declaración de quórum y en su caso instalación formal de la sesión; III.- Lectura, discusión y aprobación en su caso, del acta de la sesión pública ordinaria número cuatro, celebrada el día 21 de octubre del año 2008; IV.- Síntesis de comunicaciones; V.- Asuntos generales; VI.- Convocatoria a la próxima sesión ordinaria; VII.- Clausura, cumplida su instrucción Diputado Presidente.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Esta a la consideración de la Asamblea el orden del día que acaba de ser leído, tiene la palabra la Diputada o Diputada que desee hacerlo. Solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente del orden del día que acaba de ser leído.
DIP. SRIO. ANZAR HERRERA. Por instrucciones del Diputado Presidente se pregunta a las señoras y señores Diputados, en votación económico, si se aprueba el orden del día que se propone, favor de hacerlo levantando su mano. Le informo Diputado Presidente que fue aprobado por unanimidad.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Con el resultado de la votación antes señalada, declaro aprobada el orden del día que fue leído. En el primer punto del orden del día, solicito a la Secretaría proceda pasar lista de asistencia y verificar el quórum correspondiente.
DIP. SRIO. MEDINA RIOS. En cumplimiento a la indicación del Diputado Presidente, procedo a pasar lista de presentes. Dip. Enrique Michel Ruiz; Dip. Pedro Peralta Rivas; Dip. Roberto Chapula de La Mora; Dip. José Fermín Santana; Dip. J. Francisco Anzar Herrera; Dip. José de Jesús Plascencia Herrera; Dip. Humberto Cabrera Dueñas; Dip. Fernando Ramírez González; Dip. Gonzalo Isidro Sánchez Prado; Dip. Crispín Gutiérrez Moreno; Dip. Miriam Yadira Lara Arteaga; Dip. Gabriela de La Paz Sevilla Blanco; Dip. Martha Alicia Meza Oregón; Dip. José López Ochoa; Dip. Arturo García Arias; Dip. Flavio Castillo Palomino, Dip. Brenda del Carmen Gutiérrez Vega; Dip. Jorge Octavio Iñiguez Larios; el de la voz, Dip. Gonzalo Medina Ríos presente; Dip. Luís Gaitán Cabrera; Dip. Imelda Lino Peregrina; Dip. David Rodríguez Brizuela; Dip. Aurora Espíndola Escareño; Dip. Reené Díaz Mendoza; Dip. Adolfo Núñez González. Le informo a usted Diputado Presidente que están presentes 25 Diputadas y Diputados que integran esta Asamblea.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Ruego a ustedes señoras y señores Diputados y al público asistente, ponerse de píe para proceder a la declaratoria de instalación de esta sesión. En virtud de existir quórum legal, siendo las doce, horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de octubre del año 2008, declaro formalmente instalada esta Sesión, pueden sentarse muchas gracias. En el desahogo del siguiente punto del orden del día, solicito a la Secretaría de lectura al acta de la sesión pública ordinaria número cuatro, celebrada con fecha veintiuno de octubre del presente año.
DIP. SRIO. ANZAR HERRERA. Con su permiso Diputado Presidente. Con fundamento en los artículos 45 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 34 fracción VIII, 37, fracción I, 116 fracción IV y 140 fracción I, de su Reglamento, y dado que ya les fue entregado a todos ustedes el acta de la sesión pública ordinaria número cuatro celebrada el día veintiuno de octubre del presente año, así como la síntesis de comunicaciones de la presente sesión. Solicito someta a la consideración de la Asamblea la propuesta de obviar la lectura de dichos documentos, para proceder a la discusión y votación del acta. Es cuanto Diputado Presidente.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Muchas gracias Diputado Secretario. Se pone a la consideración de la Asamblea la propuesta anterior. Por lo tanto tiene la palabra la Diputada o el Diputado que desee hacerlo. Solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente de la propuesta del Diputado Francisco Anzar.
DIP. SRIO. ANZAR HERRERA. Por instrucciones del Diputado Presidente, se pregunta a las señoras y señores Diputados en votación económica si es de aprobarse la propuesta anterior, favor de hacerlo levantando su mano. Le informo Diputado que fue aprobado por unanimidad.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Con el resultado de la votación antes señalada, se declara aprobada la propuesta de obviar la lectura del acta, por lo tanto, se pone a la consideración de la Asamblea el acta de referencia. Tiene la palabra la Diputada o el Diputado que desee hacerlo. Solicito a la Secretaría recabe la votación económica correspondiente del acta de referencia.
DIP. SRIO. ANZAR HERRERA. Por instrucciones del Diputado Presidente, se pregunta a las señoras y señores Diputados en votación económica si se aprueba el acta de referencia, favor de hacerlo levantando su mano. Le informo Diputado Presidente que fue aprobada por unanimidad.
DIP. PDTE. CASTILLO PALOMINO. Con el resultado de la votación antes señalada, declaro aprobada el acta de referencia. Se pregunta a las señoras y señores Diputados si alguno de ustedes desea hacer alguna observación a la síntesis de comunicaciones que les fue distribuida previamente. Ante esto yo quiero hacer la aclaración que se presento el acuerdo que envió el Lic. Jesús Silverio Cavazos Ceballos, y Héctor Michel Camarena, Gobernador Constitucional del Estado y Secretario General de Gobierno, respectivamente. por el cual solicitan atentamente a la Cámara de Diputados Federal que de acuerdo a la disposición presupuestal se etiqueten recursos para constituir un fondo emergente para el empleo de quienes puedan regresar a nuestro país en su calidad de connacionales migrantes hacia Estados Unidos que atiendan la ampliación del programa de empleo temporal que ejercen los Gobierno Federal y Estatales y que provea al financiamiento de proyectos productivos que generen empleo, empleo familiar y empleo en las comunidades donde residan connacionales migrantes; así mismo solicitan a esta Soberanía hagan suyo este planteamiento y a la vez solicite a las Soberanías estatales de nuestra república, el que lo hagan suyo y generen la solicitud atenta a la Cámara de Diputados Federales, en los términos que se establece en el párrafo que antecede. Este es una adición que se hizo a la síntesis de comunicaciones. Desea algún Diputado o Diputada tomar hacer uso de la voz. Conforme al siguiente punto del orden del día relativo a asuntos generales se le concede el uso de la palabra a la Diputada o Diputado que desee hacerlo. Tiene la palabra la Diputada Aurora Espíndola. Tiene usted el permiso Diputada
DIP. ESPINDOLA ESCAREÑO. Gracias Mesa Directiva del H. Congreso del Estado. P r e s e n t e. Aurora Espíndola Escareño, Diputada integrante del grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Diputado Adolfo Núñez González, Integrante del Partido de la Revolución Democrática, Diputada Miriam Yadira Lara Arteaga, Diputada Independiente y Diputados Enrique Michel Ruiz, Pedro Peralta Rivas, Jorge Octavio Iñiguez Larios, Humberto Cabrera Dueñas, Fernando Ramírez González, Gabriela de la Paz Sevilla Blanco, Brenda del Carmen Gutiérrez Vega, Martha Alicia Meza Oregón, y Gonzalo Medina Ríos, integrantes del Partido Acción Nacional, de esta Quincuagésima Quinta Legislatura para el periodo 2006-2009 del H. Congreso del Estado de Colima, con fundamento en los artículos 37 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 22 fracción I y 88 y 83 Fracción I del a Ley Orgánica del Poder Legislativo y 131 de su reglamento, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona una Secretaria al Artículo 19.-, Reforma la Fracción I, y deroga las Fracciones; XV, XVI, XVII y XXI del Artículo 23.- así como adiciona un Artículo 23 Bis I, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, para crear “La Secretaría del Medio Ambiente y Ecología”. Asimismo se modifica la Fracción LXXXV del Artículo 3º. de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, al tenor de la siguiente,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO.- Que esta iniciativa ya fue presentada el 27 de mayo del 2008, y fue desechada el 10 de junio del presente año, en mi concepto se hizo mediante un dictamen contradictorio y con solo 13 votos de los integrantes del pleno de este congreso. Discordante porque por un lado desecha la creación de la Secretaria del Medio Ambiente y Ecología y por el otro aprueban la modificación a la ley ambiental, para dar paso a la existencia de un Secretario del Medio Ambiente, en consecuencia y con fundamento en el Art. 88 de la normatividad de este H. Congreso, es que el día de hoy presento a la siempre amable consideración de esta soberanía, nuevamente la iniciativa para los efectos de que esta sea analizada a través de un proceso democrático en el que se lleven a cabo foros de análisis y consulta para que la población participe con plena libertad, enriqueciendo el documento para que las comisiones respectivas emitan un dictamen completo en el que no se dude, de la necesidad de contar con una autoridad responsable para preservar el medio ambiente de los colimenses.
SEGUNDO:- Que con fecha sábado 15 de junio del 2002 fue publicada en el periódico oficial “El Estado de Colima “en el Decreto No. 216, la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, como resultado del esfuerzo conjunto entre los sectores social, privado, académico y gubernamental, quienes buscaron construir un sistema jurídico normativo completo y suficiente para regular de una manera clara las problemáticas ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, creando normas muy eficaces y aplicables para hacer verdaderos mecanismos de preservación del ambiente y de los recursos naturales. Este esfuerzo de la sociedad en su conjunto se encuentra actualmente desaprovechado, deslucido, pareciera más bien letra muerta o vacio, al no tener prácticamente, un titular de tiempo completo que ejerza las significativas facultades encomendadas en la referida Ley.
TERCERO:-Que dentro de la mencionada Ley en el artículo correspondiente a las facultades de su titular se encuentran treinta y nueve disposiciones, todas ellas sumadas a las que actualmente tiene la Secretaría de Desarrollo Urbano, hacen muy difícil de creer que esta secretaría pueda cumplir a cabalidad con el desempeño de tantas funciones encomendadas en la normatividad, pues en la práctica vemos como a diario la población les demanda mas atención a los funcionarios del gobierno y quienes estamos en el poder Legislativo no podemos ignorar, ver y dejar pasar, esa inquietud de los colimenses por tener funcionarios de tiempo completo y dedicados directamente a una actividad, en este caso concreto, numerosa es la acción de obra pública que tiene que llevar a cabo el Secretario de Desarrollo Urbano, pues el pueblo demanda cada vez, mas obras, por lo que no se le debe de distraer otorgándosele mas funciones, tan importantes como lo son; las que en todo caso, de aprobarse esta iniciativa, debe tener el Secretario del Medio Ambiente y Ecología del Estado de Colima.
CUARTO:-Que como un homenaje sincero, a la amistad, honestidad y lealtad del C. Profesor Gustavo Alberto Vázquez Montes, de parte de quienes lo admiramos, debemos impulsar esta reforma que cumple con el compromiso hecho en su campaña política primero y luego desde su Gobierno de elevar al nivel de Secretaría el aspecto ecológico. En un discurso pronunciado desde Palacio de Gobierno el día 21 de abril del 2004 dijo que” la figura de la ecología quede en primer nivel; con la finalidad de significar el compromiso del Estado con el Desarrollo sustentable y de preservar nuestros recursos naturales, el cuidado del medio ambiente y el equilibrio ecológico”. Asimismo señaló ya desde entonces los proyectos importantes que quería llevar a cabo como el saneamiento de las aguas residuales, los rellenos sanitarios, los rastros, pero dijo; todo con estricto apego a la reglamentación y cuidando el medio ambiente. Por eso expreso: que el mejor homenaje que le podemos hacer al profesor Gustavo es cumplir con el compromiso contraído por él, con los ciudadanos, de impulsar una educación ambiental en donde todos contribuyamos a la sensibilización, reflexión y concientización de la importancia que tiene el medio ambiente, la flora, la fauna y nuestros recursos naturales; adecuando nuestros marcos legales para dar cabida en la Ley de la Administración Pública Estatal, a una nueva Secretaría del Medio Ambiente y Ecología.
QUINTO:- Que colima, comparado con las demás entidades del país tiene una extensión superficial pequeña, pero cuenta con una enorme riqueza de recursos naturales, que deben ser preservados y restaurados, por los distintos órganos de Gobierno y en especial por una nueva Secretaría del Medio Ambiente y Ecología, planteada en esta iniciativa, para dirigir y programar acciones que protejan nuestro patrimonio natural, como un deber y una prioridad que debemos darnos todos, y mas aún los diputados, que desde el poder legislativo nos corresponde presentar y debatir iniciativas fundadas en un criterio con sentido común, de protección y de bienestar, preservando adecuadamente para los Colimenses, nuestro patrimonio. Resguardémoslo tanto de daños predecibles e innecesarios, como de eventuales arrepentimientos tardíos. Este proyecto de reforma viene a subsanar un importante vacio legislativo, al proponer una Secretaría indispensable para la política ambiental de nuestro estado, pues el tema ambiental es una de las mayores preocupaciones del siglo XXI, no es novedad: el daño ya producido a la naturaleza por la falta de cuidados esta a la vista y sus consecuencias en muchos casos, son irreversibles, es pues el momento de actuar, con visión de futuro para que el día de mañana nuestros hijos reconozcan el esfuerzo realizado y sirva de ejemplo para que, ellos continúen desarrollando una cultura ambientalista.
SEXTO.- Que una vez logrado el objetivo planteado en la presente iniciativa, el nuevo Secretario de conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Materia, deberá promover urgentemente acciones para que, los Ayuntamientos a través de convenios con los vecinos de los parques urbanos, de barrio, jardines cívicos y en general de todas las aéreas verdes, lleven a cabo proyectos integrales de reforestación general y cuidado de los mismos. Lo anterior motivado por la enorme destrucción y contaminación de las áreas verdes que en aras de una modernización acelerada se ha venido presentando en la entidad, y ante esta situación es urgente que se tomen medidas en donde se involucre a la población para fomentar una cultura de reforestación, cuidado y ampliación permanente de áreas verdes ya existentes así como la creación y conservación de nuevas, a lo largo del litoral, de los ríos, lagunas, caminos y zonas publicas, de los lugares habitados, tales como ciudades, pueblos, rancherías, comunidades incluyendo también autopistas, carreteras, caminos de los diez municipios del Estado de Colima.
SEPTIMO:- Que, ante la tala indiscriminada y sin control originada por irresponsables que aborrecen y agreden la flora, tanto que en algunos lugares han llegado hasta su destrucción, urge la aprobación de la presente iniciativa para que su nuevo titular en cumplimiento de la Ley aplique las medidas de control, seguridad y sanciones, y consecuentemente les de seguridad y certeza jurídica a los implicados que recurran ante la autoridad que emitió la resolución ofreciéndoles el recurso de Revisión. Así como aplicar la responsabilidad por el daño patrimonial causado de conformidad con el artículo 252 de la Ley de la Materia.
OCTAVO.-Que ante el daño causado a la naturaleza han surgido numerosas Organizaciones ambientalistas y hasta Políticas, que pregonan por convicción la defensa del medio ambiente, sin que exista un padrón adecuado que determine su número, el de sus agremiados así como su ubicación, para los efectos de llevar a cabo reuniones productivas de análisis, foros de consulta y hasta congresos estatales y municipales, con el fin de aprovechar el anhelo y la experiencia de los integrantes de estos organismos para incorporarlos voluntariamente al desarrollo visible de la entidad. Y al Gobierno del Estado le corresponde, con responsabilidad histórica, encausar y dirigir a la brevedad, estas acciones a través de un funcionario de primer nivel, que se involucre a conciencia en la materia.
NOVENO.-Que si tomamos en cuenta la magnitud del problema, por la gravedad del deterioro ecológico, no deberíamos escatimar los recursos pretextados en el dictamen que desecho el día 10 de junio del presente año la iniciativa, porque si en realidad existe voluntad para atender las demandas de los ciudadanos, los gobiernos deben apegarse estrictamente a las aspiraciones del pueblo, atender de inmediato lo necesario y dejar para después lo superfluo. Y en cuanto a que se incrementaría la burocracia al aprobar la Secretaria del Medio Ambiente y Ecología, nada más inexistente, la burocracia ha venido creciendo por la falta de cuidado de quienes han tenido la responsabilidad oficial y por otro lado, nadie esta pidiendo que se incremente el número de trabajadores, ni que se les paguen salarios ostentosos, ni que se nombren Subsecretarios, Directores, Subdirectores, Secretarios o Secretarias particulares, intendentes, choferes, con los que están, son por el momento suficientes. La iniciativa en si, tiene fines nobles, el objetivo general es el de incorporar a toda la ciudadanía, para que en esas tareas participe libre y espontáneamente con el Gobierno, pero sin duda alguna que se requiere que quien organice y dirija, tenga un buen nivel de desempeño.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente,
D E C R E T O.
ARTICULO PRIMERO.- Se agrega una Secretaría al artículo 19; se modifica la fracción I), y se derogan las fracciones XV, XVI, XVII Y XXI del artículo 23; se crea el Artículo 23 Bis I, todos ellos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, para quedar como sigue:
Artículo 19.- para el estudio, planeación y despacho de los negocios del orden administrativo, el Poder Ejecutivo Estatal contará con las siguientes dependencias:
Secretaría General de Gobierno.
Secretaría de Finanzas.
Secretaría de Desarrollo Social.
Secretaría de Desarrollo Urbano.
Secretaria del Medio Ambiente y Ecología.
Secretaría de Desarrollo Rural.
Secretaría de Educación.
Secretaría de Salud y Bienestar Social.
Secretaría de Planeación.
Secretaría de Fomento Económico.
Secretaría de Cultura.
Secretaría de Turismo.
Secretaría de Administración.
Secretaría de la Juventud
Procuraduría General de Justicia.
Artículo 23.- A la Secretaría de Desarrollo Urbano corresponde el despacho de los siguientes asuntos.
I. Instrumentar y conducir las políticas y los programas relativos a asentamientos humanos, desarrollo urbano, vivienda y obras públicas del Estado, bajo las directrices que se determinen en el marco del Plan Estatal de Desarrollo y Leyes de la materia.
II. Igual……………………………………………………………
III. Igual……………………………………………………………
IV. Igual……………………………………………………………
V. Igual……………………………………………………………
VI. Igual……………………………………………………………
VII. Igual…………………………………………………………
VIII. Igual…………………………………………………………
IX. Igual…………………………………………………………
X. Igual………………………………………………………….
XI. Igual……………………………………………………………
XII. Igual…………………………………………………………
XIII. Igual…………………………………………………………
XIV. Igual…………………………………………………………
XV. Derogada. (Mediante el presente Decreto)
XVI. Derogada. (Mediante el presente Decreto)
XVII. Derogada. (Mediante el Presente Decreto)
XVIII. igual…………………………………………………………
XIX. igual …………………………………………………………
XX.- Igual…………………………………………………………
XXI. Derogada (Mediante el presente Decreto);
XXII. Igual…………………………………………………………
XXIII. Igual…………………………………………………………
XXIV. Igual…………………………………………………………
XXV. Igual…………………………………………………………
Artículo 23 BIS I.- A la Secretaría del Medio Ambiente y Ecología corresponden las facultades y el despacho de los siguientes asuntos:
I. Programar, controlar y supervisar el ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal, en coordinación con la Federación y los municipios y fomentar la cultura ecológica en la población.
II. Participar con la Federación y los Municipios en la creación y administración de las reservas ecológicas, de recursos forestales, de flora y fauna silvestre en el territorio Estatal.
III. Normar, ejecutar y vigilar el cumplimiento y aplicar sanciones, en su caso, a todas las actividades susceptibles de generar contaminación o riesgo ambiental en el ámbito de su competencia Estatal.
IV. Participar en coordinación con las autoridades Federales y con el concurso de las municipales en los planes y programas para el abastecimiento y tratamiento de aguas, servicios de drenaje, alcantarillado y demás complementarios, en los centros de población.
V. Formular, conducir y evaluar la política ambiental para el desarrollo sustentable del Estado, así como los planes y programas que de ésta se deriven;
VI. Aplicar los instrumentos de política ambiental para el desarrollo sustentable;
VII. Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción estatal;
VIII. Prevenir y controlar la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales así como por fuentes móviles que no sean competencia de la Federación;
IX. Regular las actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente;
X. Proponer al C. Gobernador la expedición de declaratorias de áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas, así como regularlas, vigilarlas y administrarlas;
XI. Formular, conducir, vigilar y evaluar los programas de gestión integral de los residuos sólidos y definir los criterios generales para el funcionamiento de los sistemas de limpia;
XII. Definir los criterios para prevenir y controlar la contaminación generada por la emisión de ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas, contaminación visual y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como, en su caso, de fuentes móviles que no sean de competencia federal;
XIII. Regular el aprovechamiento sustentable y la prevención y control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal, así como de las aguas nacionales que tenga asignadas;
XIV. Regular el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras, así como prevenir y controlar la contaminación generada por estas actividades;
XV. Atender los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente entre dos o más municipios;
XVI. Participar en emergencias y contingencias ambientales, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan;
XVII. Vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en las materias y supuestos que establece la fracción XIII del artículo 7º de la Ley General;
XVIII. Conducir la política estatal relativa a la información y difusión en materia ambiental;
XIX. Promover la participación corresponsable de la sociedad en materia ambiental;
XX. Evaluar los manifiestos de impacto y diagnóstico ambientales, así como los manifiestos de riesgo y, en su caso, expedir las autorizaciones correspondientes;
XXI. Promover y participar en la elaboración y celebración de convenios y acuerdos de coordinación que se lleven a cabo entre el Gobernador y la Federación, con el objeto de que el Estado asuma el ejercicio de las funciones que señalen la legislación federal aplicable;
XXII. Atender coordinadamente con la Federación los asuntos que afecten el equilibrio ecológico del Estado y de otra u otras entidades federativas;
XXIII. Proponer que en las disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado se establezca el pago de derechos por la prestación de servicios en materia ambiental;
XXIV. Autorizar y vigilar el aprovechamiento sustentable de los elementos y recursos naturales de su competencia en todos los ámbitos de su proceso, tanto natural como productivo, en coordinación con los ayuntamientos, las dependencias y entidades estatales y federales, cuando corresponda, así como con los diferentes grupos y organizaciones de la sociedad, las comunidades rurales y los pueblos indígenas;
XXV. Otorgar y revocar los permisos, licencias y las autorizaciones de su competencia;
XXVI. Promover y difundir en la población el conocimiento de esta Ley;
XXVII. Promover la formulación de indicadores de sustentabilidad para mejorar la calidad ambiental y de vida de la población, con el objeto de orientar la toma de decisiones en materia de política ambiental para el desarrollo sustentable;
XXVIII. Expedir, previo pago del derecho que se fije en la Ley de Hacienda del Estado, las copias certificadas y la información que le sea solicitada en los términos de esta Ley;
XXIX. Ordenar y establecer los criterios ambientales a que deberán sujetarse los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial respecto de todas las adquisiciones que realicen para que se apeguen a tecnologías y equipos que reduzcan efectivamente las emisiones contaminantes y propicien un consumo responsable de los materiales que utilicen, así como establecer los lineamientos generales para la aplicación de sistemas de administración sustentable;
XXX. Recibir, atender, conocer e investigar las denuncias administrativas de la ciudadanía y de los sectores público, social y privado, referentes a hechos, actos u omisiones que constituyan violaciones o incumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables relacionadas con las materias de la presente Ley;
XXXI. Denunciar ante las autoridades competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones o incumplimiento a la legislación administrativa y penal en materia ambiental;
XXXII. Ordenar la realización de visitas de inspección, auditorias y peritajes tanto de oficio como derivados del seguimiento de la denuncia presentada;
XXXIII. Ordenar, cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico o contaminación que afecte o pueda afectar a la salud pública o a los ecosistemas, las medidas de seguridad previstas en esta Ley;
XXXIV. Dar contestación debidamente fundada y motivada a la denuncia presentada y ratificada, notificando del resultado de la verificación, de las medidas que se haya tomado y, en su caso, aplicar las sanciones administrativas correspondientes;
XXXV. Admitir y resolver los recursos de revisión que se interpongan con motivo de las resoluciones que determine;
XXXVI. Informar, orientar y asesorar a la población respecto del cumplimiento y aplicación de las disposiciones jurídicas en materia ambiental;
XXXVII. Coadyuvar con las autoridades federales, municipales y de otros Estados en el control de la aplicación de la normatividad relacionada con el ambiente y los recursos naturales;
XXXVIII. Emitir recomendaciones a la administración pública federal, estatal y municipal, con el propósito de promover el cumplimiento de la legislación ambiental, así como para la ejecución de las acciones procedentes derivadas de la falta de aplicación o incumplimiento de la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables;
XXXIX. Promover y procurar la conciliación de intereses entre particulares y en sus relaciones con las autoridades, en asuntos derivados de la aplicación de las leyes, reglamentos, normas, programas y otros ordenamientos aplicables en materia ambiental;
XL. Formular y validar dictámenes técnicos y periciales respecto de daños y, en su caso, de la reparación de los mismos, perjuicios ocasionados por violaciones o incumplimiento a las disposiciones jurídicas en materia ambiental;
XLI. Canalizar, a través de la Unidad de Contraloría Interna, las irregularidades en que incurran servidores públicos estatales y municipales en ejercicio de sus funciones en contra del ambiente y los recursos naturales, para que intervenga en términos de ley o, en su defecto, remitir el asunto ante la autoridad que resulte competente;
XLII. Celebrar toda clase de actos jurídicos que se requieran para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
XLIII. Las demás que le confieran ésta y otras leyes, que no estén asignadas expresamente a la Federación.
ARTICULO SEGUNDO.- Se modifica el artículo 3º.- fracción LXXXV de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, para quedar como sigue:
Articulo 3º.-Para los efectos de esta Ley, se entiende por; Fracción LXXXV. Secretaría: La Secretaría del Medio Ambiente y Ecología;
TRANSITORIOS
El Gobernador del Estado dispondrá que se publique, circule y observe. Atentamente Sufragio Efectivo. No. Reelección, Colima, Col, 29 de octubre de 2008, Firman su servidora Aurora Espíndola Escareño, el Diputado Adolfo Núñez González, Enrique Michel Ruiz, Fernando Ramírez González, Pedro Peralta Rivas, la Diputada Gabriela de la Paz Sevilla Blanco, el Diputado Humberto Cabrera Dueñas, la Diputada Brenda del Carmen Gutiérrez Vega, el Diputado Jorge Octavio Iñiguez Larios, Dip. Gonzalo Medina Ríos, Dip. Miriam Yadira Lara Arteaga y la Diputada Martha Meza Oregón, vamos a ver. Es cuanto Diputado Presidente, solicito sea turnada a la Comisión correspondiente, para su análisis y aprobación en su momento, pero sobre todo creo que considerando hacer los foros solicitados. Es cuanto Diputado Presidente.
DIP. PTE. CASTILLO PALOMINO. Se toma nota y se instruye a la Secretaría la turne a la Comisión correspondiente. En el desahogo del siguiente punto del orden del día, se cita a ustedes señoras y señores Diputados, a la próxima sesión pública ordinaria a celebrar este mismo día 29 de octubre del presente año a partir de las trece horas con treinta minutos. Finalmente agotados todos los puntos del orden del día, solicito a los presentes ponerse de píe para proceder a la clausura de la presente sesión. Por favor solicito a los presentes ponerse de pie, poner la atención correspondiente para la clausura de la sesión. Hoy siendo las trece horas con trece minutos del día 29 de octubre del año dos mil ocho, declaro clausurada la presente sesión. Por su asistencia muchas gracias.